Un ex convicto fue condenado ayer a doce años de cárcel tras ser hallado culpable en juicio oral de haber participado en un asalto donde murió un menor de 13 años de edad. Según los jueces, el fiscal no pudo probar que haya sido el acusado el que disparó al adolescente.
La sentencia afecta a Julio César Acosta Orrego, quien ya tenía una condena anterior por robo. Según los jueces, fue uno de los que el 22 de abril del 2006 asaltó el colectivo de la línea 18-2, en la Villa Las Mercedes, Las Lomitas de Ñemby, donde falleció Arnaldo Ramón Colmán Ferreira, de 13 años.
El Tribunal de Sentencia estuvo encabezado por el magistrado Héctor Capurro, e integrado por sus colegas Eva de Witte y Miguel Said. El fallo fue unánime. Encontraron culpable al acusado del delito de robo agravado con resultado de muerte.
El fiscal Augusto Salas Coronel representó al Ministerio Público en reemplazo de su colega Yolanda Morel. El mismo, en sus alegatos finales, indicó que se probó que el acusado fue uno de los que mató al menor, y que la pena justa era de 14 años de prisión en Tacumbú.
La defensora pública, Sadi López, por su parte, señaló que no se probó la culpabilidad del acusado, que los elementos arrimados por el fiscal Salas fueron insuficientes para demostrar que el joven estuvo en el atraco. Al final, requirió la absolución de culpa y reproche.
EL HECHO. El ómnibus de la línea 18-2 fue asaltado por cuatro sujetos, que abordaron el bus lleno de pasajeros, armas en mano. Uno de los guardias privados de la empresa viajaba en el rodado. Hubo un tiroteo, falleció el menor Arnaldo Colmán García, que era uno de los pasajeros.
En el caso, Vicente Cardozo, uno de los asaltantes, fue herido en el atraco y murió a los ocho días en un centro asistencial. Asimismo, el coprocesado Félix Roberto Villasanti Santander, por su parte, falleció en el penal de Tacumbú, esperando el juicio oral y público.
El último de los acusados es Bernardino Cardozo Sanabria, quien se encuentra prófugo. Hasta el momento no pudo ser aprehendido.
El único que llegó a juicio oral fue Julio César Acosta Orrego, quien fue encontrado culpable del atraco. Se probó, según dijeron los jueces, que el mismo participó del asalto. Incluso, fue reconocido por las víctimas.
Sin embargo, no se probó que haya matado al muchacho, por lo que entendieron que era sólo partícipe del hecho punible y no el autor directo, por lo que se atenuó su pena a 12 años de cárcel.
ENVÍAN LOS ANTECEDENTES
Durante el juicio oral no se pudo tener el arma con el que el guardia privado del ómnibus de la línea 18-2, Pedro Parra, disparó contra los asaltantes. Ante la probable configuración del delito de quebrantamiento del depósito, se remitieron los antecedentes al Ministerio Público.
Según se explicó, Parra había disparado contra los asaltantes, por lo que su arma fue decomisada y peritada. Luego de esta situación, el guardia Pedro Parra requirió la devolución del arma de fuego, por lo que se le entregó en carácter de depositario judicial.
Sin embargo, llegado el juicio oral cuando se le requirió el arma de fuego, el mismo señaló que comercializó el arma, por lo que en el juicio ya no se tuvo la evidencia. Los jueces remitieron los antecedentes a la Fiscalía para su investigación.
El Tribunal de Sentencia entendió que se probó que el acusado estuvo en el atraco, pero no que haya disparado y matado a un menor de 13 años. El agente fiscal requirió la aplicación de 14 años de prisión para el acusado.