La Cámara de Diputados prevé su sesión ordinaria mañana, a las 09:00, con un total de 19 puntos en el orden del día.
Entre los proyectos que se incluyeron figura el “Que modifica el artículo 189 de la Ley 1680/01 Código de la Niñez y la Adolescencia”. La iniciativa plantea la desobligación automática del pago de la manutención el mismo día que los hijos cumplan 18 años.
Con esto se busca eliminar el requerimiento de una orden judicial que disponga el cese del pago de la pensión alimentaria al hijo, una vez que este cumpla la mayoría de edad. El proyectista es José Rodríguez (ANR).
El quinto punto a analizar es el proyecto de ley que modifica el artículo 3 de la Ley 6814/2021 que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados judiciales, agentes fiscales, defensores públicos y síndicos de quiebras”. El proyecto básicamente que, atendiendo el caso Hernán Rivas, de ahora en adelante los representantes de ambas cámaras para ser electos como miembros del JEM deberán haber ejercido durante 10 años cuanto menos la profesión, o haber desempeñado funciones en la Magistradura Judicial o en el Ministerio Público, o ejerciendo la cátedra universitaria en la materia jurídica, conjunta, separada o alternativa. La propuesta viene de Rocío Vallejo, diputada opositora.
En el punto siete se encuentra el proyecto de ley que “Modifica y amplia el artículo 163 de la Ley 3440/2008 modificatoria del artículo 163 de la Ley 1160/1997 del Código Penal”. El proyecto establece que los choferes y dueños de camiones que utilizan los delincuentes en abigeatos también sean incluidos en las penas, además llena un vacío legal para los “casos especiales” atendiendo que la ley no discrimina si el daño lo sufrió un pequeño productor o una empresa ganadera de mayor envergadura.
Finalmente en el punto 11, es el proyecto de ley que “Modifica el artículo 16 de la Ley 7322/2024 “Que establece la pensión universal para las personas adultas mayores y dispone beneficios de acceso e inclusión”.
El proyecto presentado por el oficialista Santiago Benítez establece la exoneración del impuesto inmobiliario como beneficio social a las personas adultas mayores de escasos recursos, propietarias de un único inmueble.