15 jul 2026

Diputados piden a entes informes que ellos mismos niegan a la ciudadanía

Un día después de que el presidente de la Cámara de Diputados, Juan Bartolomé Ramírez, rechazara públicamente responder un informe a los medios de prensa sobre la nómina de funcionarios de la institución, ayer el pleno resolvió irónicamente hacer un pedido similar al Ministerio de Educación, al Ministerio de Hacienda y a la Universidad Nacional de Concepción (UNC).

Funcionarios.  Pedido de informes sobre los funcionarios que trabajan en la UNC       donde requieren  hasta los                                           viáticos.

Funcionarios. Pedido de informes sobre los funcionarios que trabajan en la UNC donde requieren hasta los viáticos.

En la sesión ordinaria, los diputados sin ningún tipo de objeción aprobaron sobre tablas el pedido de informes al Ministerio de Educación y al Ministerio de Hacienda sobre la nómina completa de todos los docentes que trabajan en el país, además del salario, antigüedad e inclusive el número de hijos de las docentes.

El diputado Pablino Rodríguez (ANR) solicitó los informes invocando el artículo 192 de la Constitución Nacional en el que se establece la facultad que tiene el parlamentario, y el plazo de 15 días para que las instituciones a las que se requieren respondan.

De la misma manera, a pedido del diputado Alsimio Casco (ANR), los diputados pidieron a la Universidad Nacional de Concepción que remitan la nómina de sus funcionarios, su situación contractual, así como el salario, los gastos de representación las bonificaciones y otras remumeraciones percibidas.

Con los argumentos esgrimidos por el presidente de Diputados, los funcionarios de las instituciones requeridas también podrían alegar que se violaría su derecho a la intimidad y que se precisa de su autorización por escrito para revelar sus datos.

Sin embargo, el artículo 28 de la Constitución Nacional señala que las fuentes públicas de información son libres para todos. La ley regulará las modalidades, plazos y sanciones correspondientes a las mismas, a fin de que este derecho sea efectivo.

Si bien este artículo de la Constitución no está regulado, el 45 señala claramente que la falta de ley reglamentaria no podrá ser invocada para negar ni para menoscabar algún derecho o garantía.

El constitucionalista Marciano Torales indicó que así como la Cámara de Diputados está facultada a pedir informes, así también tiene la obligación de proveer información de carácter público.