18 dic. 2025

Demandó a una financiera que quebró 21 años atrás

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Falta de control. El informe de la intervención asegura que la Municipalidad requiere establecer políticas para el control y valuación de los litigios en cursoa favor y en contra de la institución. De lo contrario no se pueden estimar probabilidades de recuperación de créditos.

El 23 de diciembre de 2017, los abogados Juan Carlos Ramírez Montalbetti y Julio González Giménez habrían presentado una demanda contra la Financiera Urundey SA en reclamo de G. 476.695.852.930, monto calificado como “pasmoso” por la intervención financiera; sin embargo, según averiguaciones del equipo interventor, fue declarada en quiebra el 26 de agosto de 1996.

“Según el informe del BCP y balance al ejercicio del mismo al 31 de diciembre de 2011, en sus notas a los estados contables da cuenta de haber recibido bienes de Financiera Urundey SA en dación en pago”, detalla.

El monto reclamado “nunca se informó” ni a la intervención ni a la opinión pública y el informe incluso pone en duda que la financiera siga teniendo inmuebles registrados a nombre de la misma “sobre los que recaigan créditos impositivos municipales”.

Se cuestiona además que la promoción de la demanda, incluso cuando la firma ya había sido declarada en quiebra, no haya sido más que “una maniobra para generar honorarios profesionales que luego serían cobrados al municipio”.

Julio González Giménez, abogado involucrado en la causa, era el secretario de Nenecho y recibió un pago ilegal de G. 26.000.000 del dinero del bono G8 que era para 8 obras de desagüe. Según consta en los legajos de pagos del informe de la intervención, el dinero fue entregado en concepto de reposición de fondo fijo.

Más casos judicializados. De acuerdo con los datos del sistema Judisoft expuestos por la intervención, existe otro juicio contra las Hermanas Franciscanas de la Inmaculada Concepción en el que se cita un monto reclamado de G. 338.203.280.

La demanda, indica el informe, fue promovida por el cobro de tasas especiales sobre las cuentas corrientes catastrales N° 14-0081-02/02/03/06 y 14-0140-01/03 correspondientes a los años 2013 a 2016.

“El juicio no pasó de las primeras diligencias, y no existe constancia de embargos efectivamente trabados, montos cobrados por la Comuna, ni otros detalles (...)”. Por esta razón, la intervención recomienda una auditoría procesal y administrativa puntual para determinar si la cuenta ya se saldó.

Entre los casos no resueltos por la desidia municipal, se menciona también un monto reclamado de G. 75.235.540.992; y otro monto de G. 18.860.161.024 al Instituto de Previsión Social.

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