Los magistrados Gloria Hermosa, Darío Báez y Alba González citaron a las partes para las 10:00, para una primera convocatoria. A esa hora, podrán dictar su fallo o, en su caso, avisar si es que necesitan más tiempo para su decisión.
Los fiscales Silvio Corbeta, Luz Guerrero y Francisco Acevedo, en sus alegatos finales, habían requerido 4 años de cárcel para Samudio, y 3 años y 9 meses de prisión para su esposo, ambos por presunta lesión de confianza.
Habían indicado que Samudio, entonces presidenta de Petropar, había hecho una licitación para la compra de insumos para la pandemia, en abril del 2020, por G. 346 millones, pero que nunca llegaron los productos, entre ellos, agua tónica, y el dinero sirvió para cancelar una deuda de su esposo.
Por su parte, la defensa presentó documentos que señalaban que los productos, sí llegaron a Petropar, además de que no se había hecho una pericia contable que determinara que hubo perjuicio patrimonial. Así, pidieron absolución de ambos.
RÉPLICA Y DÚPLICA. Ayer, se dieron la réplica por la fiscalía y la dúplica de la defensa. No duró mucho tiempo, ya que fueron puntuales en sus afirmaciones.
La Fiscalía, en su réplica, sostuvo que los documentos de la recepción de las mercaderías no eran instrumentos públicos, según el artículo 375 del Código Civil, y citaron las condiciones.
Es que este es la principal prueba de la defensa que sostiene que las insumos llegaron, por lo que con esto, los agentes del Ministerio Pública pretenden desmeritarlos.
En su dúplica, la defensa argumentó que según la Ley 6715, de Procedimientos Administrativos, indica que era un acto administrativo, ya que fue realizado por los funcionarios públicos, por lo que los documentos daban plena fe de los hechos.
Además, los defensores afirmaron que ninguna entidad inició demanda por incumplimiento del contrato, por lo que no puede decirse que los productos no llegaron. Además, que no hubo pericia para determinar si hubo perjuicio patrimonial.
Después, tanto Patricia Samudio como su esposo José Costa Perdomo, dijeron ser inocentes y que querían ser absueltos.
EL SEGUNDO. Este es el segundo caso de supuesta corrupción durante la pandemia que puede llegar a tener una sentencia, sea condenatoria o absolutoria.
El primer caso fue el de las camas hospitalarias, en la conocida causa de la firma Insumos Médicos SA (Imedic), también durante la pandemia por Covid-19.
En ese proceso, fue condenado a 3 años de prisión al empresario Justo Ferreira, propietario de la firma Imedic. Sin embargo, otros cuatro procesados, entre ellos su hija Patricia Ferreira, fueron absueltos por los jueces.
En ese caso, la fiscalía apeló el fallo, tanto por la condena dada a Ferreira, como las absoluciones, ya que había requerido sanciones de entre 4 y 6 años de prisión para todos ellos.
Ahora, con el caso de agua tónica, se piden sanciones de 4 años y 3 años y 9 meses para los dos procesados.