Además de resolver a favor de los terratenientes en los juicios de recuperación de tierras malhabidas, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) hace la vista gorda en el caso de los escribanos que inscriben inmuebles de la zona fronteriza a nombre de extranjeros.
El total de tierras adjudicadas para la reforma agraria desde 1954 al 2003 fue de 12.229.594 hectáreas, de las cuales, 7.851.295 hectáreas fueron malhabidas, que constituyen casi el 20% del territorio nacional.
La mayoría de los beneficiarios irregulares se enriquecieron en el transcurso de los años vendiendo estas propiedades a sojeros, principalmente brasileños, mientras los verdaderos sujetos de la reforma agraria, los campesinos, no tienen tierras, sumando ya alrededor de 300.000 en estas condiciones.
Pese a esto, se siguen adjudicando tierras de forma irregular, y tanto escribanos como notarios inscriben estos inmuebles a nombre de extranjeros, sobre todo en la frontera, y no son sancionados.
La Cámara de Senadores solicitó a la Corte Suprema de Justicia, en diciembre del 2018, un informe sobre la cantidad de escribanos y notarios que hayan elevado escrituras públicas no autorizadas en el artículo 2° de la Ley 2532/2005, que establece la zona de seguridad fronteriza de la República, desde el 2013 al 2018.
Además, se pidió la cantidad de notarios y escribanos sancionados, y cuáles fueron las respectivas sanciones. Ante la falta de respuesta, la solicitud se reiteró en abril del 2019, atendiendo la urgencia por la impunidad y el aumento de escrituras a nombre de brasileños, ya que campesinos e indígenas paraguayos siguen siendo desterrados.
REGULARIZACIÓN. En tanto, en el Congreso existen dos proyectos que tienen el objetivo de establecer sanciones a escribanos, no solo por inscribir tierras a nombre de extranjeros en la frontera, sino también por sobrepasar la cantidad de hectáreas a nombre de un ciudadano no paraguayo, ya que el país no limita la venta de tierras a extranjeros.
El primer proyecto modifica la ley que establece la zona de seguridad fronteriza, donde se aplican sanciones para los escribanos y notarios públicos que infrinjan esta ley, que determina que desde el 2005, ciudadanos extranjeros no pueden adquirir propiedades dentro de la franja de 50 kilómetros adyacente a las líneas de frontera dentro del territorio.
El segundo es el proyecto de ley “De Protección Nacional de las Tierras Rurales”, donde se establece un límite de 1.000 hectáreas en la Región Oriental y 2.000 ha. en el Chaco a personas y firmas extranjeras.
“Por incumplimiento de esta disposición, los escribanos y notarios públicos serán sancionados con la suspensión en el ejercicio de sus funciones o con la destitución del cargo, sin perjuicio de la responsabilidad penal o civil conforme a lo previsto en el Código de Organización Judicial y sus modificaciones. A este efecto, la Dirección de Registros Públicos deberá verificar y en caso de detectar el incumplimiento de lo previsto, comunicar al Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia para el sumario administrativo y respectivo”, señala el proyecto presentado por el senador Pedro Santa Cruz.