18 ene. 2026

Costanera: Presentan recurso para detener subasta ante irregularidades

Comuna difundió convocatoria de subasta ignorando el fraccionamiento aprobado por la Junta Municipal. Abogado denunció supuestas anomalías en el proceso del registro de las tierras.

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División. Concejales opositores criticaron el proceso de fraccionamiento de las tierras.

JOSÉ BOGADO

Nuevos cuestionamientos se presentan a la operación de subasta impulsada por el imputado intendente de Asunción, Óscar Nenecho Rodríguez. Un posible comprador de la zona de 6 hectáreas, Enrique Wagener, aseguró que pedirá la suspensión de la subasta debido a supuestas irregularidades en el registro legal de las fracciones del terreno puesto a la venta.
“La Municipalidad quiere vender dos y cuatro hectáreas de la Costanera, pero esas tierras no cuentan con una cuenta corriente catastral independiente. Los dos desprendimientos no están deslindados, y así no pueden ser transferidos”, explicó Wagener.

El abogado y desarrollador inmobiliario presentó este miércoles a la Municipalidad un recurso de consideración para pedir la suspensión de la subasta. En el caso de una falta de respuesta por parte de las autoridades, Wagener adelantó que presentaría un amparo judicial, atendiendo a que no se estaría respetando el artículo 109 de la Constitución Nacional. La normativa vigente exige que cualquier transferencia de bienes inmuebles esté debidamente registrada para evitar actos ilícitos o anulables.

Cuenta catastral. De acuerdo con el Pliego de Bases y Condiciones de la subasta, el “bien inmueble” ofrecido por la Municipalidad está identificado como Fracción A1, con Cta. Cte. Ctral. N° 12-0339-16, y Fracción A3, con la misma cuenta.

Lo resuelto. La Junta Municipal trató la semana pasada el fraccionamiento del terreno ubicado sobre José Asunción Flores y General Santos. El concejal Félix Ayala refirió a ÚH que los ediles aprobaron el fraccionamiento de los dos lotes a ser subastadados. “Fraccionamos las cuentas corrientes catastrales. Era una sola de 75 hectáreas y ahora pasaron a ser distintas cuentas catastrales individuales”, dijo.

La Comuna de Asunción convocó a la subasta a través de dos anuncios publicados en medios impresos. La difusión se extendió desde el sábado 30 de noviembre hasta el miércoles 4 de diciembre, y luego se suspendió. Llamativamente, en dichos avisos no se socializó el fraccionamiento aprobado por los concejales.

“En los avisos publicados por la Municipalidad, se menciona una sola cuenta corriente catastral. No dice subdividido uno, subdividido dos. Significa que aún no está subdividido, que no tiene una aprobación de la Dirección Nacional de Catastro y que no tiene una matrícula asignada por la Dirección General de los Registros Públicos”, apuntó Wagener.

“Tampoco pasó por una mensura administrativa”, añadió. Refirió además que ya visitó la zona de interés junto a unos colegas inversionistas y comprobó la ocupación del terreno por parte de los damnificados, detalle que no se mencionó en los avisos.

“Al momento de hacer una mensura judicial administrativa y asignar una cuenta corriente, Catastro tiene que verificar in situ el lugar”, precisó Wagene al mencionar otro detalle del aviso publicado por la Comuna: “En cada párrafo dice ‘a deslindar, a deslindar, a deslindar’, y eso genera una inseguridad jurídica para el comprador. ¿Por qué? Porque no puede saber cuáles realmente van a ser los límites que se están subastando”.

El desarrollador explicó que los interesados en comprar terrenos se fijan en el cotejo del plano, en el Registro en Catastro y en los linderos.

Se contrata a un topógrafo en el caso de que sea necesario, y luego se realiza una mensura. “En el caso de que esté todo bien, se puede transferir el inmueble si es que está el impuesto al día. Pero si no puedo transferir a mi nombre algo que tengo que pagar al 100%, quiere decir que no voy a poder hipotecar, no voy a poder meter en un fideicomiso, ¿cómo voy a poder hacer entonces las inversiones?”.

<b>Pliego encarga escritura pública</b><br/>El Pliego de Bases y Condiciones dice, en su artículo 16, que se notificará al comprador del inmueble la asignación de las cuentas catastrales “a fin de que (sic) el comprador encargue a un escribano público el perfeccionamiento de la correspondiente transferencia por escritura pública del inmueble adjudicado”. Los gastos que demanden dicho proceso correrá solo por cuenta del comprador.

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