Por vía judicial fue revocada en todas las instancias la resolución municipal que anulaba el contrato con la firma Estacionamientos del Este SA que concedía la explotación de un espacio privado municipal por 25 años.
El intendente Miguel Prieto adujo incumplimiento de las cláusulas. La firma construyó un shopping, el estacionamiento y un tinglado para mesiteros en el predio, además de pagar un canon.
La determinación de la Municipalidad de revocar dicho contrato generó que la firma recurriera en lo contencioso administrativo, acusando a la Comuna de no haber agotado los trámites para tomar la decisión en forma unilateral.
El Tribunal de Cuentas concedió la razón a la empresa, revocando la resolución municipal, señalando que se violaron los derechos del recurrente. La Comuna a su vez presentó un pedido de nulidad y apelación en subsidio y la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia volvió a confirmar el fallo del inferior.
Para la Corte, los abogados de la Municipalidad no argumentaron su recurso de nulidad y con relación a la apelación, señalaron que Prieto actuó como juez y parte, violando la ley de Concesiones de Obras y Servicios Públicos, con su decisión sobre el contrato. Sobre esta resolución, la defensa municipal planteó nuevamente un pedido de aclaratoria. El ministro Luis Benítez Riera recordó que una aclaratoria solo podría subsanar errores materiales, omisiones o expresiones oscuras. EM