14 oct 2026

Contadora critica deducción del 30% del IVA y aboga por el 100%

Para la contadora Lilian Torres, el decreto que permite deducir hasta el 30% del IVA en varias compras y servicios básicos es “impracticable e inconstitucional”. Señaló que causará un aumento del 25% en la tarifa de los contadores y abogó por el 100% de la deducibilidad.

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Los contadores reclaman que la deducibilidad del IVA se amplíe al 100%.

Foto: Archivo ÚH

Lilian Torres, miembro del movimiento Resistencia Contable del Paraguay, cuestionó este jueves a través de Monumental 1080 AM el decreto del Poder Ejecutivo, por el cual se establece la deducción del 30% del impuesto al valor agregado (IVA) para alimentos y otros gastos de los trabajadores independientes.

Al respecto, señaló que el documento “es impracticable” y que generará un cálculo adicional para el contador, por lo que provocará un aumento del 25% en la tarifa de los profesionales.

“Consideramos impracticable desde el momento de la escala de porcentaje que establecieron, más aún en los conceptos de alimentos, porque el consumidor en el supermercado siempre elige todos los productos que necesita, sin diferenciar si puede o no deducir”, manifestó.

“Eso requiere un cálculo adicional, para un profesional es costoso, lleva más tiempo y ese costo va a tener que trasladarle al cliente, lo que va a ser una carga más para el contribuyente”, añadió y calificó al decreto de “inconstitucional”, debido a que “se establecen criterios y limitaciones que en la ley no está”.

Nota relacionada: SET espera que mayor deducción del IVA impulse la formalidad

Lamentó también que existen aspectos que no se agregaron al decreto, como, por ejemplo, en caso de que un contribuyente tenga vehículo propio, para descontar mantenimiento y combustibles o aspectos de la imagen e higiene personal, inclusive las vestimentas.

“Si no tenés auto, no podrás deducir tu costo del uso del traslado a través de plataformas y otros medios, eso es injusto. Podés comprar un saco y la SET te puede decir que ese saco no hace a tu profesión. El decreto establece limitaciones que en la ley no están; por eso es inconstitucional”, ejemplificó.

Finalmente, la profesional contable señaló que sería mejor poder deducir el 100% del IVA, a fin de evitar ese sobrecargo y, además, movilizar a los más de 650.000 contribuyentes que están inscriptos en la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), pero mantienen su registro único del contribuyente (RUC) inactivo.

“Más que nada porque consideramos que existe una inequidad, además dentro del mercado laboral y económico hay mucha evasión. Esto nos va a ayudar a formalizar a los que están inactivos, que son 650.000, y va a incentivar el consumo porque muchas empresas no están facturando ni asegurando a sus empleados”, aseveró.

¿Qué establece el decreto del Ejecutivo sobre el IVA?

El pasado 7 de noviembre, el Poder Ejecutivo emitió un decreto por el cual establece la deducción del 30% del IVA para alimentos y otros gastos de los trabajadores independientes, mientras que luego vetó el proyecto sancionado en el Congreso, que establecía el 100% de deducciones.

Las autoridades del Gobierno explicaron que con esta nueva normativa los profesionales independientes podrán deducir las compras de alimentos y bebidas hechas en el supermercado, aunque hasta en un 30%.

Además, se incluyó la posibilidad de descontar el alquiler de un inmueble hasta en un 50%, cuando este sirva también de vivienda; los servicios básicos, como agua, luz y alcantarillado; y los gastos en publicidad y marketing.

Lea también: Ejecutivo decreta deducciones del IVA en 30% tras acuerdo con gremios

Desde el Ministerio de Hacienda señalaron que se llegó a la resolución luego de una reunión y consenso con diferentes gremios y manifestaron que se espera con ello un impacto para los consumidores hacia la formalidad, pese a las dudas que tiene la institución al respecto.

Los rubros deducibles añadidos en el decreto se sumaron a los ya vigentes desde la última reforma del 2019, como salud personal, capacitación, vestimenta y compra de útiles y equipamiento necesarios para realizar la actividad gravada.

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