La resolución fue dictada en forma unánime por los camaristas Agustín Lovera Cañete, José Waldir Servín y Cristóbal Sánchez, quienes ratificaron la resolución dictada en el juicio oral el 9 de noviembre del 2021, por los jueces María Fernanda García, Juan Carlos Zárate y Cándida Fleitas.
Según la sentencia, el hombre abusó sexualmente de sus dos hijas, de 12 y 10 años, en estado de ebriedad. El hecho punible, según la acusación del fiscal Marcial Machado, ocurrió entre los años 2015 y 2020, en el interior de su domicilio ubicado en el Bañado Tacumbú, de Asunción.
Según se probó en el juicio, los abusos ocurrieron entre los citados años. El padre aprovechaba que la madre de las niñas tomaba medicamentos para dormir, hasta que la mayor comentó a la abuela paterna, quien denunció el caso ante la Fiscalía.
En el juicio oral, se produjo la prueba de la Cámara Gesell, donde las menores comentaron lo ocurrido.
APELACIÓN. La defensora Pública Fátima Paniagua, planteó apelación con el argumento de que el Tribunal no tuvo en cuenta que el acusado tiene trastornos mentales, ya que los hechos los cometía en estado de ebriedad. Además, que no se fundamentó el fallo. Pide nulidad o en su caso, la absolución.
Por su parte, el fiscal Marcial Machado, solicitó la ratificación de la sentencia, debido a que el Tribunal si tuvo en cuenta y analizó el punto referido por la defensa con respecto, a más de que sí se fundó el fallo.
En el análisis de los camaristas, la sentencia cumplía con todos los requisitos, ya que se analizaron todos los puntos, y se argumentó correctamente, por lo que había que confirmar la sentencia en todos sus puntos.
Ahora, tras el fallo de Apelación, la defensa puede plantear recurso de casación ante la Corte o acción de inconstitucionalidad.