Fue fallo unánime de los magistrados Juan Francisco Ortiz, Manuel Aguirre y Rossana Maldonado, quienes admitieron el pedido de pena realizado por la fiscala Laura Finestra, que requirió la citada sanción para el joven procesado.
En el caso, según el Tribunal, se probó que el 8 de octubre del 2024, el acusado Tiago Órtola, junto con su hermano de 14 años, llegó en una motocicleta donde se encontraba Héctor Daniel Sosa, quien tenía en brazos a su hijo de un año, y estaba junto con su pareja y un amigo.
Después, dijeron los jueces, el adolescente de 14 años bajó de la motocicleta y disparó cuatro veces a la cabeza de Héctor Sosa, que cayó al suelo ensangrentado.
Acto seguido, Órtola le dijo a su hermano que matara nomás ya a todos los que estaban ahí. Este, luego comenzó a disparar contra los mismos, hiriendo a otro, mientras que la mujer tomó a su hijo y corrieron.
Posteriormente, el acusado con su hermano, escaparon del sitio en su motocicleta. Tras el aviso, llegaron los policías, y los vecinos, por miedo a Órtola, no quisieron auxiliar a la víctima hasta que un hombre con un motocarro le alzó y le llevó al Hospital Barrio Obrero, donde se comprobó su fallecimiento.
Amenazas para que no declaren
En el juicio oral, los testigos denunciaron ante el Tribunal de Sentencia que fueron amenazados por los parientes del acusado para que no se presentasen al juicio para declarar. Con miedo prestaron declaración ante los jueces.
La fiscala Laura Finestra requirió la pena de 28 años de cárcel, por el concurso de delitos, ya que hubo homicidio doloso agravado, más dos tentativas de homicidio, al disparar contra las demás personas.
Por su parte, el defensor Daniel Garcete solicitó la absolución de culpa y reproche del acusado, porque supuestamente no se probaron los hechos.
En sus palabras finales, Tiago Órtola, quien participó en forma telemática desde el penal de Máxima Seguridad de Minga Guazú, dijo que quería estar en contacto con su familia, y su hija, por lo que solicitaba ser cambiado de lugar de reclusión.
Ya al dictar el veredicto, los jueces tuvieron en cuenta las pruebas producidas, el testimonio de los testigos presenciales, la pareja de la víctima, entre otros, quienes incluso dijeron que el menor quedó con traumas, ya que no puede ni siquiera escuchar ruidos fuertes.
En su explicación, dijeron que hubo concurso de delitos, por lo que el marco penal era de 5 a 30 años de cárcel, y que los hechos acusados fueron probados por el Ministerio Público.
Desprecio por la vida
Igualmente, al realizar las bases de la medición de la pena, tuvieron en cuenta incluso la conducta durante el juicio oral, ya que el acusado en dos ocasiones no quiso salir de su celda, con lo que tuvieron que entrar guardias encapuchados para sacarlo y esposado a la silla participar de la audiencia.
También tuvieron en cuenta la forma en que se realizó el hecho, donde dijeron que evidentemente hubo un seguimiento previo, ya que los testigos dijeron que era difícil encontrar a Sosa, por su trabajo.
Asimismo, alegaron que el mismo actuó con un total desprecio por la vida humana, al punto de que ordenó a su hermano para que disparara contra todos los que estaban en el lugar.
Finalmente, indicaron que la pena justa y útil era la de 28 años de cárcel, como requirió la fiscalía. Sobre el cambio del lugar de reclusión dijeron que es competencia del Ministerio de Justicia. La sentencia será leída el próximo viernes 7 de noviembre.
Tiago Órtola tiene otros siete procesos, varios de ellos por homicidio. Además, ya se fugó de la prisión y fue recapturado. El mismo, según los policías que declararon en el juicio oral, es líder del Clan Órtola.