El documento aclara que ningún funcionario municipal percibirá menos del salario mínimo vigente, en el marco de esta resolución.
Entre las medidas, se establece la reducción del 20% en los beneficios complementarios al salario básico del intendente, directores generales y ejecutivos, con excepción de título por grado académico y subsidio familiar en el caso de personal del servicio auxiliar.
Esta misma disminución, pero en 10%, también se impone para coordinadores, jefes de departamentos y de unidades, con excepción del subsidio familiar en el caso del personal del servicio auxiliar.
La disposición también ordena la disminución del 10 % en la bonificación por gestión presupuestaria o administrativa y servicios especiales de todos los funcionarios municipales que no ostentan cargo presupuestado en el anexo de personal del Presupuesto General de la Municipalidad de Asunción.
Se reduce en 20% el monto de los contratos por honorarios profesionales de todos aquellos contratados que no ocupen cargo en la jerarquía institucional y en 15% el monto de los contratos civiles.
HORAS EXTRAS. Se restringen las remuneraciones extraordinarias y adicionales, con excepción de las áreas cuya funcionalidad se extiende por encima del horario ordinario de trabajo.
También se prohíbe la orden de trabajo, liquidación y pago por servicios prestados en días domingos y feriados en todas las dependencias del Ejecutivo Municipal.
En este punto se establece la excepción parcial a las direcciones de Servicios Urbanos, Reducción de Riesgos y Desastres, cementerios municipales, Seguridad, Vialidad y Jardín Botánico y Zoológico de Asunción para alimentación y cuidado de animales.
Por resolución, se prohíbe el pago de bonificación por nocturnidad, con excepción de aquellas cuya funcionalidad requiera servicios nocturnos excepcionales.
Los pagos de haber de retiro por jubilación, durante la vigencia de la mencionada resolución, se realizarán conforme con la disponibilidad financiera.
Se prohíbe la adquisición o ejecución de bienes y servicios para rubros de Ceremonial, Publicidad y Propaganda, Consultorías, Capacitación y Adiestramiento del Personal.
Libre de multas hasta fin de mes
Hasta el 30 de abril se pueden abonar deudas tributarias, sin multas ni recargos financieros, de los impuestos, tasas, cánones y contribuciones especiales.
En este periodo también habrá exoneración del 50% de recargos para quienes deseen un plan de pago fraccionado, con una entrega del 10% y el saldo en 6 cuotas. No incluye la comisión por gestión de cobro judicial o extrajudicial, multas de tránsito, contravencionales de impuesto a la construcción y otras infracciones a normas de carácter regulatorio. El contacto (021) 627-3010 es de la Dirección de Recaudaciones. Atiende de lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 horas, para luego pagar esa factura a través de Pago Móvil.