23 dic. 2025

Alertan de modificación irregular de decreto sobre uso de biomasa

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Decreto original. Así estaban establecidos los plazos para la aplicación en el documento.

Referentes del sector productivo e industrial cuestionan la modificación irregular de un documento que impone la certificación en el uso de biocombustibles.
Se trata del Decreto 1788, por el cual “se establecen los regímenes de certificación, control y promoción del uso de bioenergías provenientes de plantaciones forestales o bosques nativos manejados para asegurar la sostenibilidad de recursos renovables dentro del territorio nacional”.

El decreto fue emitido por el Poder Ejecutivo inicialmente en el año 2015, estableciendo un cronograma de cumplimiento y obligaciones de certificación forestal para los compradores de leñas con fines energéticos o industriales. El objetivo era que las industrias utilicen un porcentaje creciente de biomasa forestal certificada en sus operaciones, alcanzando un 100% para el 2025.

Sin embargo, dicho decreto nunca se aplicó, hasta que el Gobierno decidió ponerlo en vigencia en mayo de este año, sin considerar que los plazos originales iniciaban en 2020.

Esto generó la imposición de un uso del 90% de biomasa para 2024 y hasta el 100% para el 2025, algo que muchas industrias, principalmente mipymes, consideraron inviable debido a la falta de tiempo para adaptarse a las nuevas exigencias, advirtiendo que incluso muchas podrían dejar de operar.

Aparentemente, ante esto, posterior a la publicación del decreto en la Gaceta Oficial, el documento fue modificado en su artículo 14 del anexo A, estableciéndose un uso de 30% para el 2026, del 50% a partir del 2027, del 70% para el 2028, del 90% para el 2029, y finalmente del 100% para el año 2030.

Precedente. Si bien en este caso ya no son cuestionados los plazos dispuestos, la modificación es calificada de “ilegal” y como un precedente negativo, ya que una vez promulgado un decreto no puede ser alterado de esa manera.

“Una vez publicado dicho decreto, se percataron (probablemente) de que el cronograma era incumplible para el sector industrial. En una maniobra absolutamente irregular, en vez de publicar un nuevo decreto, dispusieron la edición del texto de un decreto firmado y publicado tres días atrás”, se cuestiona en un texto difundido y titulado “Peligroso antecedente en el Poder Ejecutivo que edita texto de decretos ya vigentes en la web digital de la Gaceta Oficial”.

“El antecedente de editar una norma jurídica publicada para adecuarla es un gravísimo precedente que pone en serio cuestionamiento la seguridad jurídica de los decretos que emite el presidente de la República”, advierte.

El decreto afecta principalmente al sector maderero, a las procesadoras y agroindustrias, fábricas de balanceados, molineros, yerbateros, panaderías, olerías y los que usan leña como fuente de energía o procesamiento en general.

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Decreto original. Así estaban establecidos los plazos para la aplicación en el documento.

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Decreto modificado. Posteriormente, así quedaron establecidos los plazos de aplicación.

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