El fallo fue dictado en forma unánime por los ministros Eugenio Jiménez Rolón, César Diesel y Alberto Martínez Simón.
La acción fue promovida por la fiscala de Ejecución, Celia Beckelmann, en contra de la resolución del 8 de enero del 2013, por el Tribunal de Apelación Civil y Comercial, Penal, Laboral y de la Niñez y Adolescencia de Presidente Hayes.
El fallo atacado confirmó el fallo de la jueza Leticia Fracchi, que declaró operada la prescripción de la sanción penal porque se cumplió el doble del plazo de la pena, y la extinción de la acción penal.
La fiscala acotó que violó el artículo 256 de la Constitución, porque el fallo fue manifiestamente infundada, por interpretación ilógica de la ley.
La defensa de Escobar Cattebecke solicitó el rechazo de la acción.
El ministro Eugenio Jiménez fue preopinante. Remarca que el ex gobernador fue condenado a 2 años y 6 meses de cárcel por lesión de confianza y uso de documento público no auténtico.
La condena fue ratificada por la Sala Penal de la Corte, por lo que el fallo quedaba firme y pasaba a ser cosa juzgada.
Afirma que la jueza Fracchi declaró la prescripción de la sanción penal por haberse cumplido el doble del plazo, según alega, antes incluso de la resolución de la Corte.
Dice el ministro que la jueza y los miembros del Tribunal se extralimitaron en sus funciones, ya que violaron los postulados esenciales de la cosa juzgada y en exceso de la competencia de la ley. Así admiten la acción y anulan el fallo.