¿Qué tienen en común Paiko, Humbertiko, Quemil Yambay, Nadia Portillo, Talento de Barrio, Néstor Damián Giret, Marilina, Óscar Pérez, Ricardo Flecha y los Kachiporros? Que son artistas paraguayos cuyo arduo trabajo creativo e interpretativo por fin ha venido siendo reconocido, mediante la recaudación de sus derechos por parte de las sociedades de gestión que ellos mismos integran.
La lista, por supuesto, es mucho más extensa y abarca prácticamente todos los géneros de la música popular y el arte en general en nuestro país. Llegar a ese reconocimiento no fue tarea fácil. Hubo que romper antiguos prejuicios y explicar en una tarea casi didáctica –que tomó años–, que no se puede lucrar alegremente con el trabajo de los otros sin pagar un precio justo por ello. Lo que parece elemental en otras disciplinas: la docencia, la medicina, la abogacía, el periodismo o incluso la política, por ejemplo, no se comprende cabalmente hasta hoy en nuestra sociedad.
Aunque parezca digna de Perogrullo, una y otra vez hay que explicar que la utilización de cualquier obra con fines comerciales –desde su difusión en una peluquería hasta en el ringtone de una compañía de telefonía celular– debe generar un beneficio para sus creadores. Se trata de una propiedad intelectual, cuyo uso se debe reconocer mediante el pago correspondiente, como lo hacemos sin pestañear cuando se trata de los honorarios profesionales de nuestros señores diputados y senadores, o la consulta médica en la que un especialista nos brinda el resultado de su esfuerzo intelectual.
“Derecho de autor, sueldo del creador”, rezan los avisos de la Asociación Uruguaya de Autores (Agadu). Frase más que acertada para resumir el concepto. Pretender introducir ahora unas modificaciones que irremediablemente terminarán reduciendo, cuando no impidiendo, el cobro justo de sus haberes a los artistas es un retroceso inaceptable. El concepto es sencillo: como los artistas no pueden andar individualmente intentando cobrar lo que les corresponde, se agrupan en sociedades de gestión que hacen ese trabajo por ellos y les garantizan un ingreso decente, un medio de vida, por la comunicación al público y la radiodifusión de su obra.
El intento de modificación de algunos artículos de la Ley 1328/98 de los Derechos de Autor y Derechos Conexos propuesto en Diputados desconoce aquella valiosa conquista e intenta introducir una especie de control externo del dinero que debe recibir cada artista. Ojalá se les ocurra algún día hacer lo mismo con sus jugosas dietas y beneficios. Pero ya sabemos que la ley que regula esos privilegios jamás osarán tocar, sean del signo político que fueran. Es más fácil ser “justicieros” con la plata ajena y con los sectores más débiles de la sociedad.