05 ene. 2026

No existe sanción específica por ruidos molestos generados por propaganda política

Las normas vigentes relacionadas a la polución sonora en Asunción no acogen dentro de su marco legal la figura de la propaganda política, pese a su tradicional práctica.

polución sonora

Esta es la caja que tenía la camioneta en la carrocería. | Foto: Wilson Ferreira ÚH.

La polución sonora en la capital del país en relación con las propagandas políticas genera constantes molestias en vecindarios, según denuncias. Rodados con grandes amplificadores recorren las calles haciendo campaña para candidatos, acompañados de canciones adaptadas que hacen alusión al voto.

Pese a esta incomodidad, no existen leyes que hablen de su prohibición, y esto potencia su práctica. No obstante, la Ley 1100/97 “De Prevención de la Polución Sonora” está vigente.

Esta norma le otorga competencia a la Policía Nacional y a la Municipalidad de Asunción, mientras que la polución sonora en la capital está reglamentada por la Ordenanza Nº 183/04, explicó en detalles José Escauriza, de Fiscalización Ambiental, entrevistado por Última Hora.

El mismo Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) no reglamenta la polución sonora de propagandas y la Ley 834/96, que establece el Código Electoral Paraguayo, artículo 290, no la prohíbe.

“Se entiende por propaganda electoral la exposición en la vía y espacios públicos de pasacalles, pintatas y afiches que contengan propuestas de candidatos o programas para los cargos electivos; espacios radiales o televisivos con mensajes que llaman a votar por determinados candidatos o propuestas; espacios en periódicos (diarios, revistas, semanarios) con propuestas de candidaturas o programa de gobierno”, dicta parte del Código Electoral en el mencionado artículo.

Escauriza explicó a su vez que la ordenanza Nº 3/93 de la Municipalidad de Asunción es la que regula la propaganda política y solo regula polución visual, no la sonora.

“Esto genera que no exista una sanción específica para la polución sonora de propagandas políticas”, agregó.

Recordemos que por ley, desde el 15 de noviembre está permitida la propaganda política para las elecciones internas partidarias del 17 de diciembre próximo. Las mismas pueden extenderse hasta el 14 de ese mes.

Solo una denuncia

El funcionario municipal explicó que hasta el momento en Asunción solo se hizo una denuncia sobre ruidos molestos de propagandas políticas. La denuncia es contra la Seccional 44, bajo el reclamo 10648, precisó.

“Esta denuncia la vamos a verificar. No tenemos registros de denuncias sobre vehículos circulando con parlantes pidiendo votos, pero sí existen denuncias de ruidos molestos contra locales nocturnos, bares, comercios y afines que son verificadas conforme a lo denunciado”, agregó.

Comentó además que no existe una multa ni sanción para polución sonora por propaganda política en específico, sin embargo en el caso de polución sonora en general se fijan las multas en la ordenanza 131/2000 que, en caso de aplicarse, son resultado de un sumario administrativo del Juzgado de Faltas y en el caso de propaganda política por polución visual no existe sanción económica.

¿Cómo denunciar?

Para denunciar los sonidos molestos en general existe un sistema de reclamos en línea en donde cualquier persona puede denunciar y solicitar una verificación o cumplimiento de un servicio municipal. Para hacerlo se puede ingresar aquí.

La Comuna maneja como multa por las transgresiones a las Ordenanzas Municipales vigentes una escala de sanciones monetarias, que se resumen en faltas leves, graves o gravísimas:

-faltas leves: 1 (uno) a 100 (cien) jornales

-faltas graves: 10 (diez) a 300 (trescientos) jornales

-faltas gravísimas: 20 (veinte) a 2.700 (dos mil setecientos jornales)

Ley 1100/97, en su artículo 11º, dice que cualquier persona puede presentar denuncia ante cualquier autoridad municipal o policial en su caso, la que está obligada a intervenir y disponer la prohibición o la reducción de los ruidos molestos.

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