“A nosotros nos competen reclamos que tengan que ver con el mal servicio o cobro indebido, no podemos incidir en la fijación de precios no solo de la ANDE, Copaco o Essap que son servicios públicos, sino de todos los precios de todos los servicios y productos que ofrecen las empresas privadas”, aclaró la ministra.
Méndez refirió que como esa situación escapa al ámbito de aplicación de la Secretaría de Defensa del Consumidor es que solicitaron la intermediación de la Defensoría del Pueblo, puesto que tiene atribuciones más amplias, argumentó.
La ministra de la Secretaría de Defensa del Consumidor había aclarado que el incremento de la tarifa de energía eléctrica de la ANDE no es motivo de reclamo de los consumidores. Sí lo será en el caso de que una vez aplicado se produzca un incremento superior y desmedido a lo que se estableció en el decreto.
“La nota la remitimos con el único fin de poner a conocimiento del defensor la situación y ver si dentro de sus atribuciones se puede hacer algo para atender el reclamo ciudadano”, manifestó.
En respuesta a la nota de pedido por la Sedeco, el defensor del Pueblo, Miguel Ángel Godoy, aseguró que es la Sedeco quien tiene la facultad de encontrar una solución ante el problema del aumento de tarifas y el reclamo ciudadano. “Según la ley, es la Sedeco la que tiene que proteger el derecho del consumidor a recibir servicios públicos eficientes. Afirmó que la Defensoría del Pueblo no tiene facultades ejecutivas ni judiciales en este ámbito específico.