El fiscal René Fernández, por su parte, había solicitado rechazar el pedido, debido a que, efectivamente, fue comunicado el resultado del operativo y se puso a disposición del juez la evidencia.
Al analizar los pedidos, el juez entendió que las grabaciones de audio y video eran legales, ya que fueron autorizadas por la jueza Lici Teresita Sánchez.
Además, que la fiscalía comunicó el registro de audio y video de las reuniones mantenidas entre el imputado y terceras personas.
Finalmente, dice que la ley establece que sea el Ministerio Público el custodio de evidencias hasta que las presente con el requerimiento conclusivo.
Con estos argumentos, finalmente, el juez rechazó el pedido, aunque admitió la apelación subsidiaria.