Se pide la libertad de Luis Olmedo Paredes, con pena de 20 años de cárcel; Arnaldo Quintana Paredes y Néstor Castro Benítez, ambos con sanción de 18 años de prisión, todos recluidos a la fecha en el penal de Tacumbú.
La presentación fue hecha por los abogados Jorge Bogarín González y Raúl Caballero, quienes señalan que se viola el artículo 19 de la Carta Magna, al cumplir cinco años de reclusión sin que haya una sentencia firme.
Hay que recordar que la resolución dictada por el Tribunal de Apelación de Canindeyú, que ratificó las penas dictadas en julio del año pasado en el juicio oral, fue recurrida ante la Sala Penal de la Corte. La defensa planteó casación.
En el escrito, se hace un recuento de los antecedentes del caso, sobre que el 15 de junio de 2012, en Campos Morombí, Marina Cué, ubicado en la Colonia Yvyra Pytã, se produjo el conflicto que dejó a seis policías muertos y once campesinos.
Los tres fueron condenados por asociación criminal, invasión de inmueble ajeno y homicidio doloso agravado (consumado en el caso de Olmedo Paredes y tentado para los demás).
Afirman que los tres tienen prisión preventiva desde el 15, 16 y 18 junio del 2012, para Olmedo, Castro y Quintana, respectivamente, por lo que a la fecha, ya cumplieron cinco años. Remarcan que según el artículo 19, de la Constitución, no pueden estar recluidos por un tiempo mayor que la pena mínima.
Citan fallos de la Sala Penal, tales como Lino César Oviedo, otro de Crescencio Aguilar, entre otros. Además, fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Al final, solicitan a la Sala Penal de la Corte hacer lugar al hábeas corpus, y en consecuencia disponga la inmediata libertad de los condenados Luis Olmedo Paredes, Arnaldo Quintana Paredes y Néstor Castro Benítez.