La ley que regula el financiamiento político establece que la falta de dichas rendiciones determinarán la suspensión de todo aporte, subsidio o subvención del Estado por hasta tres años y dos elecciones, según el caso.
Documentos. Las rendiciones de cuentas fueron enviadas por la Contraloría General de la República (CGR) a la Comisión Asesora de financiamiento político del TSJE, quien tuvo que apoyar el trabajo de la CGR para remitir las notas a los diferentes grupos políticos en el país para que realicen sus respectivos descargos ante las observaciones a sus informes.
Sin embargo, un inconveniente con el que se encuentra la Justicia Electoral es la falta de dictamen final de la Contraloría sobre las rendiciones presentadas por las nucleaciones políticas.
El artículo 281 de la mencionada ley señala claramente al final de su texto que es la propia Contraloría la que debe aprobar o rechazar las rendiciones de cuenta.