Se trata de la Ley 5.633 “Que regula los aranceles en concepto de legalizaciones, visados, expedición de certificados de estudio y diplomas realizados en las universidades, los institutos superiores y los institutos de formación profesional del tercer nivel de carácter público”.
A partir de ahora los aranceles que se abonen en concepto de legalizaciones, visados y expedición de certificados de estudios, no podrán exceder el límite de un jornal y medio diario, cifra que actualmente rondaría los G. 35.000.
De igual manera, la expedición de diplomas deberá tener un costo máximo de un jornal diario (que es de G. 70.155), mientras que el monto a abonar para el examen de admisión o ingreso no podrá superar los diez jornales diarios, lo que representaría poco más de G. 700.000.
La normativa también aclara que las instituciones de formación universitaria e institutos deberán informar sobre los aranceles actualizados de cada período académico a través de sus respectivas páginas web.
Leé la ley 5.633 publicada en la Gaceta Oficial haciendo clic aquí.