El proyecto de ley tiene media sanción de Senadores y si los Diputados aceptan el texto de la Cámara Alta, el mismo quedará sancionado.
El proyecto plantea modificar seis artículos de la ley, donde se proponen que la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasam) pueda revisar una vez por año el nivel de inflación de los últimos doce meses.
Esta deberá remitir una recomendación al Ejecutivo sobre un reajuste en el mismo porcentaje que se haya incrementado el costo de vida medido por el Banco Central del Paraguay a través del índice de precios al consumidor (IPC).
El sector empresarial había propuesto, por su parte, que el reajuste se realice recién cuando el nivel de inflación acumulada alcance un 7%, desde la última suba salarial.
En marzo del 2014 se produjo el último ajuste del salario mínimo, y el porcentaje acumulado de inflación desde esa fecha hasta octubre es de apenas 7,2%. La ley vigente exige que se alcance un 10% acumulado para analizar una suba salarial.