Ante el temor al costo político que pueda tener la sanción que dieron en el Congreso Nacional a la reglamentación del artículo 201 de la Constitución Nacional, de la pérdida de investidura, más conocido como autoblindaje, en la Cámara de Diputados analizan la posibilidad de tratar el veto parcial del Poder Ejecutivo luego de las elecciones generales del 22 de abril, para disminuir la presión mediática y ciudadana.
Ante la propuesta de un sector de los liberales, de no sancionar la parte no objetada por el Poder Ejecutivo y aceptar el veto parcial para que la ley vaya al archivo y por ende no entre en vigencia, los colorados especulan con la posibilidad de alargar el tratamiento del veto.
De acuerdo a fuentes parlamentarias, aunque los legisladores de la ANR manifiestan que ya quieren desligarse del proyecto lo antes posible, temen que la normativa no entre en vigencia finalmente y que queden sin el pretendido blindaje principalmente aquellos que buscan su reelección.
La Cámara Baja, como cámara de origen es la primera que debe tratar el documento y para ello tiene 60 días desde el momento en que tuvo ingreso el veto, que fue el pasado viernes 23.
También existe la posibilidad de que no se trate el documento, lo que implica que se acepta el veto parcial y de esta manera pase directamente a la Cámara Alta, que tendrá la última palabra sobre la normativa.
ENGORROSO. El proyecto de ley, presentado por la diputada Olga Ferreira y modificado por el colorado Bernardo Villalba hace más engorroso el proceso para destituir a un legislador, debido a que se requiere de una mayoría absoluta, lo que representa 53 votos en Diputados y 30 en la Cámara de Senadores.
La comisión de Asuntos Constitucionales, llamativamente, no dictaminó sobre el veto en su reunión extraordinaria el pasado lunes, con la excusa de que no concluyeron el análisis del veto y contaban con el cuórum mínimo, cuando lo habitual es que dictamen incluso sin cuórum y posteriormente los miembros que no participaron de la reunión firman el documento.
El titular del órgano asesor es el colorado Ramón Romero Roa, quien en menos tiempo dictaminó sobre un extenso libelo acusatorio para iniciar el juicio político al contralor general de la República, Enrique García.
Cabe recordar que el veto parcial del Poder Ejecutivo no es más que un párrafo y es el que hace referencia a la sentencia judicial que se necesita para la posterior aprobación de la pérdida de investidura.
Romero Roa anunció que la próxima semana culminarán con el estudio del veto, realizado por el presidente Horacio Cartes y sacarán un dictamen para que el pleno pueda expedirse cuando lo considere la mesa directiva.
Lo que dice la ley de AUTOBLINDAJE
Artículo 3 Pérdida de investidura Procedimiento
Una vez presentada la solicitud, reunidos los requisitos del artículo anterior, se dará ingreso al pedido. El presidente de la Cámara respectiva llamará a una sesión extraordinaria dentro de los ocho días, a fin de que el afectado realice el descargo correspondiente ante la plenaria, pudiendo presentar sus respectivas pruebas e impugnar o rebatir las que se opongan. Para la determinación de la existencia de un hecho punible, se respetarán las normas penales vigentes. Dentro de los ocho días siguientes, el pleno resolverá el pedido y para su aprobación se necesita la mayoría absoluta de dos tercios, y se pronunciará por medio de una resolución haciendo lugar o no la pérdida de investidura.