Según la resolución, firmada por los jueces que integran el Tribunal de Apelaciones, Pedro Martínez, Gustavo Ocampos y Bibiana Benítez, la investigación se debe enmarcar en el periodo que abarca la denuncia del Ministerio del Interior. La noticia del crimen (noticia crimenen) se registró entre abril y mayo.
El fiscal contra Delitos Económicos, Aldo Cantero, cuestionó la disposición judicial y señaló que este será un precedente “nefasto” para quienes pretenden investigar a personas implicadas en delitos de este tipo. El agente del Ministerio Público se mostró sorprendido por la disposición ya que existen personas condenadas utilizando el mismo criterio de la imputación.
“Con esto me matan la causa. Esto es un precedente nefasto. Dese ahora en más si cometiste un hecho punible solo se te puede investigar después de ello y no antes”, dijo a ULTIMAHORA.COM.
Esta medida también beneficiará a los demás imputados, como el excomandante de la Policía Nacional, Francisco Alvarenga, y su esposa.
El Ministerio Público decidió investigar a los implicados en un periodo de 10 años antes de que se conozca el delito, sin embargo, la Corte señala que solo pueden ser investigados en el tiempo en que se conoce la denuncia. Cantero cuestiona esto ya que en ese tiempo los investigados ya no estaban en sus cargos.
Tras esta polémica decisión del Tribunal de Apelaciones, que da la razón al magistrado Gustavo Amarilla sobre limitar el periodo que la Fiscalía puede indagar sobre los bienes, se da la posibilidad de que las defensas exijan la nulidad de pruebas y los procesados queden en libertad.
La Fiscalía sostiene que este esquema generó un daño de G. 1.159.242.441. En la causa se encuentra imputado por lesión de confianza el excomandante de la Policía, Francisco Alvarenga, quien luego también fue imputado por enriquecimiento ilícito.