El letrado se refirió extensamente sobre la decisión del Juez Yoan López en el caso que envuelve al diputado Miguel Cuevas, en el que dispuso la prisión preventiva, pero al mismo tiempo admitió un recurso presentado por el legislador colorado.
“El Tribunal de Apelaciones no debe limitarse a declarar inadmisible el recurso de apelación subsidiariamente deducido, sino que debiera dar señales claras que todo lo actuado se encuentra al margen de la ley, declarando su nulidad y remitiendo a otro juez para que proceda conforme a derecho”, señala una parte de la misiva escrita por el letrado en sus redes sociales.
Mencionó que independientemente del caso dentro del cual se ha dado la situación “que consideramos llamativa, o de las circunstancias personales del procesado, los hechos que deben ser objeto y materia de análisis son aquellos que guardan relación con el “procedimiento” seguido por el magistrado”.
En ese sentido, sostuvo que “una serie de gruesas irregularidades de carácter procesal se han registrado, como consecuencia de la inobservancia de las normas establecidas en el Código Procesal Penal”.
“Lo que hubiera correspondido es que el magistrado, al resolver el recurso de reposición, deje constancia de que el recurrente ha hecho reserva de recurrir en apelación, y más nada”, mencionó Vasconcellos en su escrito.
Añadió que “el magistrado que proceda de manera distinta, dando trámite a una apelación deducida y fundada oralmente, incurre en un grosero error de procedimiento, que no puede, ni debe, ser tolerado”. Sostuvo que en todas las ramas o especialidades del derecho procesal, la apelación de las medidas cautelares no tiene “efectos suspensivos”.
Resulta claro e incontestable que las actuaciones del juez Yoan Paul López Samudio se sitúan al margen de lo que las leyes determinan y esto puede crear un precedente.
El Tribunal de Apelaciones debe dar señales claras que todo lo actuado se encuentra al margen de la ley, declarando su nulidad
Jorge Vasconcellos,
abogado penalista.