25 abr. 2024

Un peligroso precedente

Raúl Ramírez Bogado @Raulramirezpy

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El caso donde una mujer fue condenada en juicio por una estafa procesal, según los jueces, luego de haber ganado en el fuero Civil en todas las instancias, crea un peligroso precedente en la Justicia.

Para explicar el punto, relato el caso para entenderlo.

La señora Daysi Ortiz tenía una deuda de G. 131.505 con la firma Hutchinson Telecomunications Paraguay SA, que fue cancelada el 30 de agosto de 2005.

Este pago no fue reconocido, por lo que fue demandada por la deuda. Tuvo que pagar G. 440.381 el 11 de abril de 2007. En ese lapso fue inhibida de vender y grabar bienes, con lo que no podía hacer negocios.

Tras terminar el caso, el 29 de noviembre de 2007, Daysi Ortiz demandó por daños, perjuicios y daño moral a la empresa ante el entonces juez Civil Silvino Delvalle.

La mujer alegó que sufrió un daño económico por la acción de la empresa. No pudo vender un inmueble, y tuvo que devolver adelanto. Además, perdió la posibilidad de ser representante de una marca de bebidas.

La empresa planteó defensas de falsedad de los documentos, pero la defensa fue rechazada. Así, la mujer ganó el juicio el 24 de abril de 2011, donde condenaron a la empresa a pagar G. 523.625.000, más intereses desde la notificación de la demanda en marzo del 2008.

Este monto fue a raíz del daño por haber devuelto la prima y una multa, la pérdida de ganancia en el negocio de la marca, por la fallida inversión, el daño moral y la repetición del pago por la deuda con la empresa.

RECURSO. El fallo fue apelado ante el Tribunal de Apelación Civil, Quinta Sala. Los camaristas Nery Villalba, Carlos Escobar, en mayoría, y Linneo Ynsfrán, en disidencia, ratificaron la resolución el 24 de febrero de 2012.

La parte vencida fue a la Sala Constitucional de la Corte, con una acción de inconstitucionalidad contra las dos resoluciones.

Los ministros Antonio Fretes, Miguel Óscar Bajac y Víctor Manuel Núñez, el 6 de marzo de 2014, no hicieron lugar a la acción, donde la propia Fiscalía General del Estado recomendó el rechazo de la inconstitucionalidad.

Es más, Daysi Ortiz luego ejecutó las resoluciones, lo que también fue resuelto en forma favorable por el juez Civil, Édgar Rivas. Esta resolución fue apelada, y también fue rechazada por el Tribunal de Apelación.

De esta manera, el juez Rivas, finalmente, firmó el cheque por la suma total de G. 1.357.372.141, ya con los intereses, el 21 de diciembre de 2015, donde concluyó en el fuero Civil.

IMPUTACIÓN. La historia no termina ahí. La firma denunció el hecho ante la Fiscalía, lo que, tras una corta investigación, el 14 de octubre de 2014 imputó a la mujer por estafa y producción de documentos públicos de contenido falso. Decía que hubo una estafa procesal.

Hace unas semanas se realizó el juicio oral, donde los jueces Olga Ruiz, Digno Arnaldo Fleitas y Víctor Medina, con voto dividido, condenaron a Ortiz a dos años de cárcel, aunque la sentencia fue suspendida a prueba.

En el juicio oral, estuvieron los fiscales Rodolfo Fabián Centurión y Nelson Ruiz. Fueron defensores Raúl Caballero y Josefina Aghemo.

Según los jueces Olga Ruiz y Digno Fleitas, hubo una estafa procesal. Sobre la venta de la casa, dijeron que la mujer solo era dueña de la mitad. Además, se probó que la persona que iba a comprarla no tenía cómo pagar.

Sobre la supuesta representación, dicen que informes del Instituto de Previsión Social y Tributación desmienten que tuviera una firma. Si esta decisión se confirma, la empresa podrá pedir reparación del daño.

Por su parte, el voto en disidencia por la absolución habla de que no existe la estafa procesal en la ley. Que la demanda Civil ya se encontraba firme y era cosa juzgada, con lo que no se adecua a lo que es la estafa.

La cuestión aquí es lo que se llama seguridad jurídica. Es que un caso que fue juzgado por dos jueces, tres camaristas y tres ministros de Corte, culminó en forma favorable a una parte en lo Civil, pero ahora la parte ganadora es condenada en lo Penal.

El peligro está en que parece que el fuero Penal tiene supremacía sobre los otros fueros. Es que cualquiera que pierda un juicio Civil irá a denunciar ante la Fiscalía que engañaron a los jueces para abrir una causa penal.

Es más, en el juicio oral, el que fue juez del caso en lo Civil fue interrogado por los tres jueces penales sobre las decisiones que tomó en la demanda. Aun cuando su resolución fue ratificada no solo en el Tribunal de Apelación, sino en la Corte.

Deja un peligroso precedente porque se criminaliza una cuestión Civil y se abre una “Cuarta Instancia” para rever un caso perdido.

Los jueces penales dicen que sus colegas se equivocaron y fueron engañados.

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