11 feb. 2025

Tribunal ratifica inhibición del gobernador Hugo Javier

El Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado ratificó la inhibición general de enajenar y gravar bienes muebles e inmuebles, en contra del gobernador de Central, Hugo Javier González, procesado por presunta lesión de confianza.

Asimismo, ratificaron similares medidas para los coprocesados Nicolás Álvarez Doria, Paulino de los Santos Palacios; Tadeo Andrés Álvarez Cristaldo y Óscar Morel Oses, quienes también habían recurrido la resolución.

Los camaristas Arnulfo Arias, Bibiana Benítez Faría y Andrea Vera Aldana ratificaron la resolución dictada por el juez de Delitos Económicos, José Agustín Delmás, el pasado 2 de noviembre del año pasado.

La medida cautelar es para todos los coprocesados, pero la resolución fue apelada por cinco procesados, entre ellos, el gobernador de Central, Hugo Javier González, quien lo hizo a través de sus abogados Jorge Arturo Daniel y Andrés Casati.

Según explican, la resolución les agravia ya que se decreta una medida cautelar de carácter real, contra su defendido, donde vulnera la proporcionalidad de su aplicación respecto a los hechos punibles y a las circunstancias concretas de motivaron la imputación.

Indica que el fiscal de la causa ya había solicitado la imposición de medidas alternativas a la prisión preventiva, aunque después, en otro pedido es que requirió la citadas medidas cautelares de carácter real, con lo que se nota que no existen fundamentos para ello.

Incluso refiere que lo ocurrido era gravísimo y que merecía incluso una denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados. Solicita la revocación de la medida.

Por su parte, el fiscal Rodrigo Estigarribia solicitó la ratificación de la medida por parte del Tribunal debido a que se ajusta a Derecho.

Ya en el análisis del Tribunal, el gobernador Hugo Javier González fue imputado por presuntos hechos de lesión de confianza, producción de documentos no auténticos, declaración falsa y asociación criminal.

Según el fallo del juez, no había que perderse de vista que con los hechos investigados es el Estado paraguayo el que resultaría víctima de los mismos, por lo que decreta las citadas medidas.

Los camaristas apuntan que el magistrado argumentó los motivos, además de que la investigación se hallaba en una etapa incipiente, y en cualquier momento podrían ser revisadas. Con ello, ratifican las mismas.