15 feb. 2025

Tras 4 años, anulan condena en un caso denunciado por González Daher

Una mujer había sido condenada a 3 años de cárcel en juicio oral, en agosto del 2017. Ahora, el Tribunal de Apelación anuló la causa y dispuso la realización de un nuevo juicio oral y público.

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Denunciante. Ramón González Daher, quien denunció por estafa a Etelvina Alcaraz Sosa.

Foto: Archivo UH.

El Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala, anuló la condena de 3 años de cárcel por estafa que fue aplicada a Etelvina Alcaraz Sosa, quien había sido denunciada por el empresario luqueño Ramón Mario González Daher.

La resolución fue dictada con voto dividido por los camaristas Emiliano Rolón Fernández, Arnulfo Arias y Arnaldo Fleitas, quienes anularon la sentencia dictada el 1 de agosto del 2017, en juicio oral y público.

En aquella ocasión, el Tribunal de Sentencia integrado por Víctor Alfieri, María Luz Martínez y Elio Rubén Ovelar, había hallado culpable a la acusada Alcaraz Sosa, por lo que la condenaron. La causa data del año 2013.

Según la acusación de la fiscala María Abed, el 17 de junio del 2011 Etelvina Alcaraz Sosa fue a la oficina de Ramón González Daher, donde le pidió que le descuente un cheque diferido por G. 10.000.000, que eéste efectivizó. El pago debía hacerse el 17 de octubre del 2011.

Dice la Fiscalía que RGD depositó el cheque en su cuenta en el Banco Sudameris, pero fue rechazado porque estaba inhabilitado.

Después, el 15 de julio de 2011, la mujer hizo lo mismo y le entregó otro cheque con pago diferido para el 15 de octubre del 2011, que también fue depositado y rechazado por orden de no pago.

Alega la Fiscalía que el 6 de agosto del 2011, Etelvina Alcaraz volvió junto a González Daher y le pidió que le cambiara otros dos cheques que totalizaron G. 20.000.000, que también fueron depositados, pero tuvieron orden de no pago ante el banco.

Supuestamente, la mujer repitió la operación el 12 de agosto del 2011, con otro cheque de 10 millones, y el 20 de agosto, también por otro cheque de 10 millones. Lo raro es que pese a todos los rechazos de los cheques, RGD seguía cambiando los cheques.

Finalmente, en juicio oral, los jueces condenaron a Etelvina a 3 años de cárcel por estafa, ya que las operaciones le causaron perjuicio patrimonial al empresario en 7 cheques cambiados.

APELACIÓN. La defensa recurrió la sentencia y pidió la nulidad. Alegó que los cheques debían excluirse porque eran copias simples, pidió anular la indagatoria e indicó que hubo una errónea aplicación de la ley.

La fiscala María Abed solicitó la confirmación de la sentencia recurrida por ajustarse a Derecho.

El camarista Emiliano Rolón fue preopinante. Analizó la conducta de la acusada. Señala que RGD habla de la relación comercial, pero no se nota el dolo. “Según ha establecido por ausencia de dolo en su conducta, pues lo que subyace es el ejercicio abusivo del derecho por parte del querellante, quien debió utilizar otra vía para la ejecución del crédito y no la jurisdicción penal”, acota Rolón.

Alega que por las circunstancias expuestas, la acusada merecía la absolución, y los jueces no lo entendieron así, por lo que corresponde una decisión directa y absolver a la acusada Etelvina Alcaraz.

Sin embargo, sus colegas Arnaldo Fleitas y Arnulfo Arias votaron por la nulidad del fallo y el reenvío para otro juicio oral, ya que entendieron que la resolución era infundada, arbitraria y citra petita (otorga más de lo solicitado).

Indican que no se probó por qué motivo se originó la transacción, situación que no fue analizada por el Tribunal de Sentencia.

Con la nulidad decretada, la mujer deberá enfrentar otro juicio oral por el hecho.

Podría prescribir por el tiempo

El caso ya podría estar prescripto, debido a que la última fecha de entrega de cheques fue el 20 de agosto del 2011, por lo que a la fecha ya pasaron más de 10 años del caso. Según los fallos de la Corte, al pasar el doble de la pena, en este caso 5 años por estafa, la causa debe prescribir. Esto no fue analizado por los camaristas, por lo que en otro juicio oral probablemente la defensa de la encausada solicite que se aplique la prescripción del hecho. Incluso, la causa es del año 2013, casi 9 años.