La normativa emitida por la Administración Tributaria señala que se mantienen los plazos y vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas determinativas, anticipos y para el pago de impuestos, conforme al calendario perpetuo.
La determinación de la SET mantiene, además, los mismos plazos para la presentación de declaraciones juradas informativas a través del software Hechauka y para la presentación de los estados financieros.
Auditorías. De acuerdo con la Resolución 38/20, también se modificó el plazo para la presentación de los dictámenes de auditoría externa impositiva (AEI).
La SET informó que estas documentaciones se deberán presentar anualmente en agosto, ya no en mayo. Esto, siempre y cuando los contribuyentes tengan el cierre fiscal en diciembre.
De acuerdo con la legislación vigente, están obligados a presentar informes de auditoría externa impositiva aquellos aportantes que en el transcurso de un ejercicio fiscal hayan obtenido una facturación igual o superior a G. 6.000 millones.
Por otro lado, desde este año, la presentación de las declaraciones juradas de todos los impuestos administrados por la SET se hará única y exclusivamente por transmisión electrónica de datos, vía internet, a través del sistema Marangatu.
Para el efecto, la entidad recordó que los contribuyentes registrados deben utilizar su clave de acceso confidencial de usuario.