Es por ello que la Ordenanza 7/2011, en su artículo 10, establece la distancia mínima de 1.000 metros entre cada estación de servicio, pero la misma tiene más de cinco acciones de inconstitucionalidad, mencionó Federico Mora, jefe de Gabinete de la Municipalidad de Asunción a Monumental 1080 AM.
Dichas objeciones por inconstitucionalidad dieron lugar a un amparo de parte de la Corte Suprema de Justicia que alcanza por lo menos el 95% de los emblemas.
“El artículo fue objetado cinco veces por inconstitucionalidad, se dio lugar a la medida de amparo que congela el artículo”, refirió.
Añadió que “todos los emblemas están amparados porque se dio lugar a la medida de amparo que congela este artículo. Se solicitó ser el tercero coadyuvante, estar en la conversación y en el análisis. No se dio lugar a ninguno de los pedidos”, indicó.
Mora reconoció que “es una locura” la proliferación de estaciones de servicio en la capital.
Asimismo, el jefe de Gabinete explicó que en cuatro de los cinco casos, el Ministerio Público recomendó el rechazo de las acciones.
La Municipalidad ya solicitó tomar parte y urgió al Poder Judicial que se resuelva la medida cautelar.
“Así estamos, atados y pendientes”, expresó en su cuenta de Twitter.
Relató que fueron dictadas por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que no es susceptible de recurso alguno por ser inimpugnables las resoluciones de la máxima instancia.