29 mar. 2024

Senado sanciona anulación de facturas de ANDE y Essap

Rúbrica. El titular del Congreso firma el documento para su remisión al Poder Ejecutivo.

Rúbrica. El titular del Congreso firma el documento para su remisión al Poder Ejecutivo.

Ayer el Senado sancionó la ley por la cual se anulan las facturas emitidas en los meses de marzo, abril, mayo y junio por la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) y la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay SA (Essap). Además, la normativa, que será remitida al Poder Ejecutivo para la promulgación o veto, amplía la exoneración de consumo hasta 1.000 kWh durante seis meses, contabilizando desde marzo hasta agosto.

En sesión extraordinaria de manera virtual, el Senado trató el punto y aceptó en mayoría las modificaciones introducidas por Diputados a la ley, con la que se anulan las facturas de agua y luz, que según denuncias tuvieron groseros aumentos y fueron emitidas sin la debida verificación de los medidores en los meses que coincidieron con la cuarentena sanitaria por coronavirus.

El proyecto fue presentado por el senador liberal Salyn Buzarquis, quien ayer fue el único orador y se mostró satisfecho con la versión aprobada en Diputados, que contempla la ampliación de la franja de beneficiarios para la exoneración, que va ahora del rango de consumo de 500 a 1.000 kWh, extendiendo el plazo hasta agosto, con lo que se totalizan seis meses de descuentos.

“El 95% (de los consumidores) está en la franja de 0 a 1.000 kW de consumo, y es justo que durante la peor crisis al menos la ayuda venga de la exoneración del consumo de los servicios básicos”, dijo Buzarquis.

La ley vigente señala que el consumo mensual de 0 a 500 kV será exonerado en un 100% del pago de la factura hasta mayo, pero con la modificación la exoneración alcanza hasta 1.000 kWh y se extiende hasta el agosto.

El ahorro mensual representará la suma de G. 442.000 para el usuario.

Las facturas que sufrieron sobrecosto quedan igualmente anuladas. Ahora, si hay facturas superiores a 1.000 kWh serán fraccionadas en 18 meses, previa lectura correcta de los medidores.

El monto de consumo de estos meses se emitirá en una sola factura y se sumará a la factura de consumo del mes siguiente tras la promulgación

La normativa aprobada además contempla la sanción penal para las empresas de servicios básicos que vuelvan a facturar sin la lectura pertinente del medidor del usuario, “siendo responsable administrativa, civil y penalmente la institución y las máximas autoridades de cada entidad por los daños que pudiera ocasionar la contravención a esta norma”.

FIRMA. Al término de la sesión, el presidente del Congreso, Blas Llano, firmó la ley para remitir al Ejecutivo.

“Lo hemos sancionado en sesión extraordinaria y ahora pasa al Poder Ejecutivo.

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