A partir de este rechazo, queda sin efecto la medida cautelar obtenida por la empresa y que le permitía evitar el pago. “Este resultado es un gran logro que beneficia a los autores y restituye sus derechos e impide que otras empresas intenten eludir el pago de los derechos de propiedad intelectual que corresponden”, manifiesta el comunicado de los Autores Paraguayos Asociados (APA).
Tanto APA, como otras entidades de gestión colectiva, como la Sociedad de Gestión de Productores Fonográficos del Paraguay (SGP) y la Entidad de Artistas, Intérpretes y Ejecutantes del Paraguay (AIE), llevaron adelante acciones judiciales.
“Esta sentencia de la Corte es sumamente importante; fortalece los derechos de propiedad intelectual y reafirma lo que está establecido en la ley. En este año tan difícil para todos, ellos (músicos) dependían exclusivamente de sus regalías, entonces esta sentencia viene a paliar un poco la difícil situación por la que atraviesan, y reafirma que en Paraguay se cumple con los derechos de propiedad intelectual”, expresa el abogado Agustín Saguier, de la AIE Paraguay.
EL CASO. En el segundo semestre del año pasado, la Corte hizo lugar a una acción de inconstitucionalidad promovida por la citada firma de Ciudad del Este, presentada en agosto del 2019. El objetivo de la acción era que las empresas no paguen más el porcentaje citado por ley (0,50% sobre el valor del producto) en la importación de cualquier soporte que pueda almacenar obras de creación (teléfonos móviles, grabadoras, memory cards, cedés, pendrive, entre otros).
La acción generó la reacción de las entidades de gestión colectiva que se movilizaron para contrarrestar la medida y lograr la suspensión de la decisión, que según evaluación de los afectados, podría perjudicar hasta el 50% de los ingresos de los gremios.
DESAPARICIÓN. A finales del 2019, una resolución de la Sala Constitucional en la que se rechazaba la acción presentada por la empresa llamativamente desapareció, dejando vigente la anterior decisión legal y, consecuentemente, sin el pago del correspondiente ingreso a los artistas.
Finalmente, más de un año después del inicio del conflicto, la Corte ahora decide favorecer a los músicos, y rechaza la citada acción de inconstitucionalidad.
En el mismo comunicado en el que comentaban la decisión judicial, APA menciona que perseguirá el pago retroactivo que dejó de abonar la empresa beneficiada con la anterior medida legal.
Sobre el conflicto
- El año pasado, la firma Atlántico Importación Exportación SA presentó una acción de inconstitucionalidad para evitar el pago de los derechos compensatorios (copia privada).- Las sociedades de gestión colectiva (APA, AIE, SGP) presentaron acciones legales.- Gremios buscan el pago retroactivo.