18 oct. 2025

Régimen no tiene privilegios

El régimen de despacho menor reglamentado en el Código Aduanero no tiene privilegios respecto a los grandes importadores en materia impositiva. En todo caso, el Gobierno puede facilitar los trámites de inscripción a los pequeños importadores.

Según explicaciones de despachantes aduaneros, los impuestos se calculan con base en el valor imponible, más el costo de flete y seguro. También sirven de base para el cálculo del arancel externo, el IVA, el servicio de valoración, tasas portuarias y el canon Sofía.

En el Código Aduanero se establece un monto de despacho menor de 2.500 dólares límite y la única ventaja que tiene es la consularización, es decir no necesita ir hasta los puestos de frontera para realizar los trámites.

Al ser un importador normal, tendrá que estar registrado, tener un RUC y registro de firmas en Aduanas.

Cumpliendo todas estas exigencias ya pueden hacerse las gestiones, sean de despacho mayor o menor a 2.500 dólares. Esto implica que no habrá diferencias y en ambos casos se deben pagar todos los tributos. Incluso, los importadores menores deben cumplir con exigencias de licencia previa y autorización para ciertos productos.