Uno de los artículos modificados es el 11, y en él se establece que los aportes del Estado serán distribuidos en un 55% para el Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay (amarillos) y un 45% para la Junta Nacional del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Asunción (azules).
También se señala que se destinarán como máximo el 20% de los fondos transferidos para gastos administrativos y el resto a gastos misionales y/o inversiones inherentes a sus fines u objetivos.
De esta manera, testaron lo aprobado por los senadores, que plantea que otra organización, como los bomberos de Asunción, también obtengan un porcentaje directo de dicho presupuesto.
El monto aprobado también sufrió modificaciones, y los G. 15.000 millones cambiaron a 5.000 salarios mínimos.
Del modo en que aprobaron los diputados, los bomberos de Asunción recibirán parte del dinero por medio de un convenio.
Otra modificación incluida es la realizada al artículo 7, en el que se establece un Consejo Directivo integrado por tres representantes de los amarillos, tres representantes de los azules, tres representantes de cualquier otra organización de bomberos que cuente con 30 o más cuarteles.
A ellos, se les agregó un miembro de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), uno del Ministerio del Interior, un representante del Senado y un representante de Diputados.