Los dos procesados, en un primer juicio oral, fueron condenados a 8 años de encierro. Esto fue anulado por el Tribunal de Apelación Penal. En un nuevo juicio, ambos fueron absueltos. Pero este también fue anulado y en el tercer juicio les impusieron las citadas penas.
Ahora, los camaristas Gustavo Santander, Gustavo Ocampos y Pedro Mayor confirmaron el fallo dictado en el tercer juicio oral por los magistrados Cynthia Lovera, María Fernanda García de Zúñiga y Juan Carlos Zárate.
En el juicio, los dos fueron hallados culpables como instigadores del crimen. Ninguno de ellos es el autor material del crimen, sino autores morales, ya que se desconoce al responsable.
La defensa solicitó de nuevo la nulidad del juicio oral, por violar los derechos procesales, mientras que la Fiscalía requirió confirmar la sentencia. Esta vez, los camaristas entendieron que el fallo fue dictado respetando todos los derechos procesales de los dos acusados.