11 ene. 2026

Ratifican la condena de 28 años por cuádruple crimen

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Crimen. Familiares velan a los cuatro fallecidos en el caso ocurrido en setiembre del 2018.

archivo

A casi siete años del cuádruple homicidio, la Sala Penal de la Corte ratificó la pena de 28 años de cárcel para el último de los procesados. Fue voto dividido de los ministros del Máximo Tribunal.

La sentencia es para Sandro Antonio Benítez Ledesma, quien fue encontrado culpable de la autoría del crimen de toda una familia ocurrido el 8 de setiembre de 2018, en la ciudad de Villarrica.

Los ministros Manuel Ramírez Candia y Carolina Llanes votaron por admitir la casación, y rectificar el fallo dejando la condena firme. El ministro Luis María Benítez Riera votó por anular los fallos del Tribunal de Apelación y del juicio oral, con lo que debía repetirse el juicio.

En el caso, fallecieron el suboficial Hugo Armando Fariña Baeza, su esposa María Trífila Villaverde de Fariña, y sus hijos Jesús Israel, de 12 años, y Fátima Elizabeth, de 6 años, cuando dormían.

Las víctimas recibieron disparos en la cabeza y heridas con arma blanca en diferentes partes del cuerpo. En la casa hallaron un cuchillo de mesa y un hacha. El hecho habría sido por resentimiento hacia las víctimas.

El abogado César Martínez Ayala, en representación del condenado, planteó casación contra el fallo del Tribunal de Apelación Penal de Villarrica, del 26 de agosto de 2022, que ratificó la sentencia del 8 de abril de 2022, que se dictó en el juicio oral.

La defensa sostuvo que hubo dos juicios orales en el caso, uno para el menor de 14 años, que fue condenado a 8 años de cárcel, como coautor de los hechos. Dice que al menor lo condenaron por la muerte de la niña, pero también condenaron a Sandro por la misma muerte.

Además, que se cambió la acusación fiscal, que dicen que la niña murió a las 05:00 y a las 09:00 de la mañana. También que se introdujo una prueba ilegal y que se valoró dos veces el crimen.

El voto en mayoría sostiene que si bien en principio se acusó al menor de matar a las cuatro víctimas, igual se podía rectificar el acuerdo, ya que no hubo testigos, pero las pericias determinaron que debía ser un mayor.

Respecto al horario de la muerte, también se debía rectificar, y sobre la prueba ilegal, remarca que la defensa no objetó ni se opuso a su inclusión. Con ello, se hace lugar a la casación y rectifican en los argumentos el fallo, aunque mantienen la pena de 28 años de cárcel.

Por su parte, el ministro Luis María Benítez Riera sostuvo que hubo una variación en los hechos, por lo que tanto el juicio oral como la resolución de los camaristas era nula y debía hacerse otro juicio oral.

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