Los procesados Arnaldo Francisco Martínez y Enrique Agüero Escobar, a través de sus defensores, apelaron la resolución del 2 de noviembre del año pasado por la que el juez Raúl Florentín elevó el caso a juicio oral.
En la misma resolución, también se dispuso el juicio oral para Pedro Manuel Areco Rivas y Luis Manuel Trinidad Ruiz Díaz. Se habla de los delitos de perturbación de la paz pública, producción de riesgos comunes y daño a cosas de interés común.
La defensa apeló el rechazo del pedido de anular la acusación y del incidente de suspensión condicional del procedimiento. También se recurrió el rechazo del incidente de exclusión probatoria de 27 soportes magnéticos ofrecidos por la fiscalía.
Según la defensa, la acusación debía ser anulada porque no había una descripción en el relato de los hechos, por lo que se violaba el derecho a la defensa al no poder saber de qué se defendería.
Los camaristas Gustavo Santander, Gustavo Ocampos y Agustín Lovera Cañete, entendieron que el auto de apertura era inapelable, por lo que se debía declarar inadmisible el estudio del recurso.
En la causa, está pendiente la audiencia preliminar para la acusada Vivian Guadalupe López Meza.
La fiscalía acusó a los procesados porque el 17 de marzo del 2021, durante protestas, quemaron a la sede de Colorado Róga.