05 nov. 2025

Proyecto que regula uso del cannabis se debatirá en audiencia

En una audiencia pública, prevista para mañana, se analizará el proyecto que regula integralmente y declara de interés nacional el autocultivo, producción, industrialización, comercialización, uso e investigación de la planta del cannabis y sus derivados.

La propuesta fue presentada por el senador del Frente Guasu Hugo Richer, con el apoyo de su bancada, del titular del Congreso, Óscar Salomón, y el liberal José Ledesma.

“En primer lugar se busca despenalizar la planta de cannabis y sus derivados para el uso de los usuarios”, manifestó el luguista.

“Despenalizar desde el punto de vista del enfoque de derechos humanos, teniendo como referencia la Constitución Nacional”, señaló.

“Además, la política actual de criminalizar la planta del cannabis no ha arrojado resultados positivos”, remarcó.

“Al mismo tiempo, niega las posibilidades de desarrollo, desde el punto de vista de la salud, la agricultura, como se plantea acá”, indicó.

“Por otro lado, el proyecto declara al rubro el cannabis de interés nacional con base en varios ejes: salud, principalmente, de enfermos compatriotas que necesitan y usan el tema del cannabis”, resaltó.

“También los derechos que tienen que ver con la cuestión económica, con la producción de la agricultura familiar campesina, además de ser un potencial industrial y, al mismo tiempo, tributario, que podría representar un ingreso importante para el Paraguay”, dijo.

“Se crea el Instituto Nacional del Cannabis, que sería un órgano estatal de carácter público. Tienen que participar la sociedad civil, instituciones del Estado, y con atribuciones para el cumplimiento de los objetivos que se propone este proyecto, en el caso que se convierta en ley”, explicó.

“Autoriza el autocultivo en el domicilio privado y la posibilidad de la conformación de asociaciones de cultivo, sin fines de lucro, destinado al uso medicinal de la planta y sus derivados”, acotó, sobre los alcances del proyecto.

En detalles. En la propuesta se establece un tributo para el cannabis y sus derivados que va del 1 al 15%.

Se agrega que se podrían establecer alicuotas diferenciadas cuando se trate de organizaciones que actúen como cultivadoras solidarias para uso medicinal, terapéutico y/o paliativo, o emprendimientos productivos de la agricultura familiar campesina.

Existe todo un capítulo respecto a la protección especial a menores de edad. En uno de los artículos se indica que se encuentra prohibido emplear a menores de 18 años en las actividades de producción, distribución, comercialización y expendio de cannabis y sus derivados.

Además, figuran las restricciones, y en ese contexto el Instituto Nacional del Cannabis será el único órgano encargado de resolver y aplicar las sanciones por infracciones en materia de licencias y autorizaciones respecto a los registros para la producción, distribución y comercialización.

Se estipula que las personas condenadas y/o procesadas por el cultivo, producción, distribución, comercialización y/o adquisición, anteriores a la vigencia de la ley, en el caso que se sancione y promulgue, serán exoneradas de sus penas y procesos.