La nueva norma sancionada el pasado 28 de abril establece cambios sustanciales como la nacionalidad múltiple y otorga faculta a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial para gestionar los casos de naturalización y nacionalización. Esto hasta la fecha se tramita ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia, y la regulación jurídica del procedimiento es realizada mediante una acordada de la máxima instancia judicial, y en un tiempo que puede demorar más de 10 años, según argumentaron en el debate de la iniciativa parlamentaria.
Establece la posibilidad de la doble nacionalidad o nacionalidad múltiple, lo que beneficia a aquellos paraguayos naturales que se hayan naturalizado en aquellos países con quienes el Paraguay no tiene suscripto convenio de doble nacionalidad, atendiendo que la nacionalidad paraguaya natural solo se pierde por expresa y voluntaria renuncia (artículo 147 de la Constitución Nacional).
Según la fundamentación de la ley, este aspecto será de vital importancia para los cientos de paraguayos que están retornando por la pandemia y que se hallaban residiendo en el exterior y obtenido la nacionalidad del país receptor, ya que podrán seguir contando con la nacionalidad paraguaya.