Por imperio de la Ley Nº 5098 de Responsabilidad Fiscal, ante la reactivación de la economía actualmente en proceso, en el presente año se debe respetar el tope del déficit del 1,5% del PIB previsto para años normales en la actividad económica. Esto implica un sustancial ajuste fiscal del 1,3% del PIB en el 2020. Es necesario que evaluemos la razonabilidad de un ajuste de este tamaño considerando el impacto en el resto de la economía.
Según mis estimaciones, considerando proyecciones razonables de ejecución de ingresos, gastos corrientes y de los proyectos de inversión amparados bajo las leyes 5102 de APP y 5074 de Proyectos Llave en Mano, es necesario reducir en alrededor del 40% la ejecución de inversiones en infraestructura con otras fuentes de financiamiento para cumplir con el tope del déficit del 1,5% del PIB. Un ajuste de este tamaño pone en serio riesgo la consolidación de la reactivación económica y afectaría negativamente al sector de la construcción.
Alerté de esta situación en la presentación de Perspectivas Dende en el mes de octubre y planteé una revisión y ajustes a la Ley de Responsabilidad Fiscal en dos aspectos principales que la mejoren como un instrumento de política fiscal anticíclica y de promoción del desarrollo económico y social.
El primero es flexibilizar la cláusula gatillo para incrementar el déficit fiscal efectivo en años de recesión del 1,5% al 3,0% del PIB eliminando el requisito de aprobación previa del Congreso y que sea aprobada por el Poder Ejecutivo previa recomendación del Equipo Económico y con un informe posterior fundamentado al Congreso Nacional. Estrechamente relacionado a este punto, extender a dos años el período de retorno al tope de déficit para años normales de tal manera a minimizar el impacto negativo del ajuste en el proceso de reactivación en marcha.
El segundo aspecto es incrementar el tope del déficit fiscal de la administración central para años normales del 1,5% al 2,0% del PIB e incorporar un tope al tamaño de la deuda pública del 30% del PIB. La diferencia del 0,5% adicional de déficit sería aplicable solamente para proyectos de inversión ejecutados bajo las leyes de APP y de Proyectos Llave en Mano. Fijar un tope del 30% al tamaño de la deuda pública tiene el objetivo de garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas. Según mis proyecciones, con parámetros razonables de tasas de interés, crecimiento económico, inflación y tipo de cambio, con un déficit del 2% del PIB la deuda pública alcanzaría el 30% del PIB en aproximadamente 10 años, alrededor del año 2030 en cuyo momento será necesario realizar los ajustes necesarios para recuperar el equilibrio fiscal en los siguientes años.
En un escenario económico internacional menos dinámico previsto para los próximos años, este mayor déficit nos permite incrementar el ritmo de inversión en infraestructura y así sostener un crecimiento económico potencial en alrededor del 4% anual en la próxima década. Incrementar la oferta y mejorar la calidad de los servicios de infraestructura es fundamental para la competitividad de la economía y el bienestar de nuestra gente. La APP y los Proyectos Llave en Mano han tomado dinamismo y están teniendo efectividad para agilizar el diseño y la ejecución de proyectos de inversión en infraestructura.
Hemos tenido algunas discusiones preliminares ante la convocatoria del Ministerio de Hacienda a algunos ex ministros de Hacienda y ex presidentes del BCP por la relevancia que tiene la Ley de Responsabilidad Fiscal en el esquema institucional de la política económica. Esperemos encontrar un camino que nos permita mejorar su funcionamiento.