Un proyecto de ley que busca modificar el artículo 57 del Código Procesal Penal, referente a las acusaciones e inhibiciones de agentes fiscales, fue presentado por la diputada patriaqueridista Rocío Vallejo con el acompañamiento de varios otros legisladores.
La propuesta –según Vallejo– surge a raíz de que las recusaciones a los agentes fiscales afecta gravemente la investigación de los hechos punibles complejos. Dijo que este tipo de chicanas se ha vuelto una práctica común.
Entre los cambios planteados está el de limitar la cantidad de involucrados que puedan presentar este recurso atendiendo a que hoy en día, cualquier persona que se sienta agraviada por la investigación, puede solicitarlo. Con la modificación, solo la víctima y los imputados que no estén en rebeldía podrán recusar a la unidad fiscal.
Establece asimismo que el agente fiscal recusado, seguirá interviniendo, no obstante, la tramitación de la recusación.
“El agente fiscal recusado deberé remitir, dentro del día hábil siguiente después de notificado un informe al fiscal adjunto, quien analizará la causal invocada por el recusante y resolverá en el plazo de tres días en resolución fundada, la que será notificada a la parte que haya presentado la recusación”, dice la nota. Con esto también se le deja fuera del proceso a la Corte Suprema de Justicia y se define el caso en el ámbito del Ministerio Público.