Resaltan que la aprobación de esta normativa permitirá sancionar a los responsables de fumigaciones ilegales que afectan a las comunidades rurales de todo el país.
La propuesta amplía el artículo 4° de la ley 716/96 que sanciona delitos contra el medioambiente y establece que serán sancionados con penitenciaría de tres a ocho años y multa de 500 a 2.000 jornales mínimos “los que realicen pulverizaciones aéreas y terrestres en zonas adyacentes a asentamientos humanos, instituciones educativas públicas o privadas, establecimientos y servicios salud y en cursos de agua, sin respetar las franjas de protección impuestas en la normativa aplicable”, dice el texto.
También incluye a “los que incumplen las medidas previstas en la normativa respecto a la prevención del contacto entre estas sustancias peligrosas y los seres humanos, sus comunidades y entorno natural, al igual que barreras vivas, poniendo en riesgo la salud y el hábitat de la población humana”.