El funcionario estatal señaló que los pedidos realizados son a consecuencia de las medidas de cuarentena decretada por el Gobierno nacional y la mayoría piden 15, 30 y hasta 90 días de suspensión.
Explicó que el trámite a realizarse en estos casos es el de la fiscalización de las áreas administrativas de las empresas solicitantes, a fin de constatar sus estados financieros y el de dialogar con los trabajadores para encontrar un punto de acuerdo con estos sobre el pago total o de un porcentaje del salario. “Si no existe un acuerdo previo del pago salarial entre las patronales y los empleados, el ministerio no podrá conceder la suspensión de las actividades laborales”, especificó Orué.
El funcionario advirtió, además, que las empresas no pueden suspender unilateralmente sus actividades laborales, sin contar con la autorización de la cartera del Trabajo, a no ser que concedan vacaciones pagas a sus trabajadores, pues de igual manera, aunque no activen por un espacio determinado de tiempo, deberán abonar los salarios caídos a sus empleados.
“La verdad que nosotros esperábamos un aluvión de pedidos de suspensión de las actividades laborales, pero al parecer las empresas entendieron la posición que asumimos desde un primer momento de no conceder los permisos sin que haya un compromiso de las patronales de abonar los salarios a los trabajadores”, explicó Orué.
Aclaró que sí concederán la suspensión a aquellas empresas que acordaron el pago salarial total o parcial con sus trabajadores.
Denuncias. El viceministro Orué reconoció que, en estos momentos, se encuentran rebasados por las denuncias de irregularidades en las empresas, tanto sobre el incumplimiento de las leyes laborales como en los casos del irrespeto a las normas sanitarias puestas en vigencia por el Ministerio de Salud. Hasta el momento, la cartera recibió 100 denuncias de despidos injustificados en Central y 164 despidos injustificados de las distintas regionales del interior del país. “Lo que hacemos es dividir las denuncias, por ejemplo, sobre el no pago de salarios se reciben en la Dirección del Trabajo, si tiene que ver con mujeres embarazadas o en lactancia, es a través de la Dirección de Mujer Trabajadora, en tanto que las distintas direcciones pueden recibir y fiscalizar las denuncias sobre el no cumplimiento de las medidas sanitarias o el trabajo hacinado”, explicó.
Solicitó a la ciudadanía a realizar denuncias responsables y bien justificadas.
NúmeroS para denuncias
0983 396-112
0962 174-000
Instan a empleadores a otorgar vacaciones
El Ministerio del Trabajo, empleo y Seguridad Social (Mtess) divulgó la Resolución Nº 499/2020 que establece medidas excepcionales y transitorias en relación a la Concesión de vacaciones remuneradas a los trabajadores mientras dure la declaración de emergencia nacional.
Por eso, se insta a los empleadores a conceder el beneficio del usufructo de vacaciones remuneradas a sus respectivos trabajadores, ya sea individual o en forma colectiva, de manera coincidente con el lapso que dure la Declaración de Emergencia Sanitaria.
Igualmente., la cartera establece en forma excepcional y transitoria que no se considerará un obstáculo para el otorgamiento de las vacaciones al trabajador, la falta de notificación con 15 días de antelación por parte del empleador, requisito que se encuentra previsto en la legislación laboral, en tanto dure la medida impuesta por el Gobierno nacional. Esta propuesta responder al interés general de que toda la población cumpla con la cuarentena.