El Fondo de Jubilaciones de miembros del Poder Legislativo (Caja Parlamentaria) es una exclusividad de los parlamentarios de este país en comparación a los diputados y senadores de países del Mercosur, quienes comparten regímenes generales de jubilación con el resto de los trabajadores y no de privilegio como el que tienen los legisladores paraguayos.
Sin entrar a tallar la calidad legislativa entre los miembros del Poder Legislativo local y regional, puesto que cada país tiene sus matices y problemáticas, los paraguayos tienen en comparación al resto del Mercosur, una jubilación privilegiada, partiendo del régimen que es especial y ajeno a las demás cajas fiscales e incluso de las que se rigen por el sector privado.
La ley vigente en Paraguay establece que los parlamentarios pueden acogerse al beneficio de la jubilación con 55 años cumplidos y 10 años de aporte para la extraordinaria, y así percibe el 60% de sus haberes, mientras que para la ordinaria, o sea, para cobrar el 80% de sus ganancias mensuales, requiere 55 años y 15 años de aporte (tres periodos).
El proyecto de reforma mantiene que a los 10 años de aporte (dos periodos) ya puedan jubilarse, solo baja el porcentaje a 50%, y en el caso de la ordinaria, a 70% y la edad sube a 60 años.
Otra es la realidad en los países como Brasil, Argentina y Uruguay (solo por nombrar a los más cercanos y miembros del Mercosur), que fueron excluyendo dentro de su legislación y amoldándose a las realidades que le fueron marcando sus propios ciudadanos, hasta regirse por sistemas integrados de jubilación y equiparar la vara que rige para los trabajadores en general (Infografía Pág. 3).
Brasil. Partiendo del análisis de cómo se calcula la jubilación de un parlamentario en Brasil, están los que no entraron en el régimen que rigió antes de la modificación de pensiones en 2019, ahora están dentro de lo que dicta el Régimen General de Previsión Social.
Este modelo implica que la jubilación de un legislador se mide con la misma vara que la de un trabajador común, en cuanto a la edad que debe tener para acceder a la jubilación y los años que debe haber servido.
Así como los demás países del Mercosur, en Brasil, para establecer la jubilación parlamentaria, se sigue las reglas generales para trabajadores del sector privado.
El aporte varía y tras su egreso, un legislador si cumplen los criterios –65 años de edad en caso de hombres y 62 años, mujeres– pueden acceder hasta un 90% de pensión.
El tiempo de servicio en la legislación brasileña es de 35 años.
Argentina. La guía para establecer la jubilación parlamentaria está dentro de lo que establece el Sistema Integrado Previsional Argentino.
Antes de 2001 –año de la crisis Argentina– había un sistema especial, pero luego los parlamentarios se integraron a un régimen general que es hoy que establece el modo en que se van a jubilar. De este modo, con 60 años de edad para jubilarse, deben tener 30 años de aporte. De acuerdo con los medios argentinos, muy pocos son los legisladores que se terminan jubilando en el Legislativo, puesto que un diputado tiene cuatro años de mandato, y para alcanzar los años de servicio debería ser electo varias veces.
El sistema integrado permite que se compute para la jubilación años de servicio en el Legislativo como labores antes de ser electos o tras dejar el cargo. En el sistema antiguo, solo se podía compatibilizar con la docencia para acceder a la jubilación.
Uruguay. En Uruguay tampoco existe la jubilación de privilegio y, si bien existen parámetros para establecer las jubilaciones del legislador, los criterios están sujetos a lo que se aplica a la mayoría del pueblo, con los 60 a 65 años de edad para jubilarse y años de aporte.
Existe, eso sí, un subsidio posmandato que es cuestionado.