De esta manera, solo el 10%, como máximo, podrá ser asignado a gastos administrativos.
Todas las ONG, asociaciones, fundaciones, instituciones, comisiones vecinales u otras personas jurídicas privadas sin fines de lucro o con fines de bien social deberán presentar rendiciones de cuentas bimestrales por los fondos recibidos y los gastos realizados a la Contraloría General de la República (CGR), así como copias visadas por la Contraloría a las Unidades de Administración y Finanzas (UAF) y/o a la dependencia responsable de la administración de la institución aportante para los desembolsos siguientes.
En este sentido, también deberán informar semestralmente a los organismos públicos relacionados misionalmente, sobre los recursos financieros recibidos y la aplicación, así como también sus proyectos, propuestas, metas y resultado esperado. Las documentaciones serán presentadas digitalmente.
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