Con el objetivo de establecer un procedimiento de reacción y actuación adecuada ante casos de acoso sexual, acoso laboral y mobbing, el Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay (CBVP) presentó un nuevo protocolo a seguir. Este será aplicado a los integrantes del Cuerpo, con la finalidad de resguardar el derecho, la integridad y, por sobre todo, la dignidad de todas las personas pertenecientes a la institución y, particularmente, de las bomberas y brigadistas, para que puedan desarrollar su actividad bomberil voluntaria y profesional, en un ambiente libre de cualquier forma de violencia.
APLICACIÓN. El presente protocolo se aplicará frente a conductas que impliquen actos de violencia y/o discriminación, que se produzcan dentro o fuera de las dependencias del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay, durante el desarrollo de actividades propias o vinculadas a la labor institucional, y que sean realizadas por oficiales de todas las jerarquías; voluntarios de todas las categorías; instructores nacionales o extranjeros; así como aspirantes a bomberos, brigadistas; personal rentado y proveedores.
Ante situaciones de acoso y/o abuso sexual, este protocolo se enmarcará siempre bajo normas, como confidencialidad, tramitación sumaria, colaboración, protección y asistencia a las víctimas.
Igualmente incluye imparcialidad, prohibición de mediación y el debido proceso, que debe ser racional y justo, cautelando los derechos de los involucrados y garantizando que todas las partes serán escuchadas.
Cualquier integrante del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay que sea víctima de acoso, abuso sexual, podrá realizar su denuncia inmediatamente a cualquiera de los oficiales del Consejo Directivo, Comando de Compañía o integrantes del Consejo de Disciplina; o realizar la denuncia, directamente, al Tribunal de Justicia. La reglamentación indica que en general, se aplicará el procedimiento establecido para las faltas graves y muy graves previstas en el art. 380 y siguientes del reglamento general. Si bien el abuso o acoso de tinte sexual no se encuentra tipificado expresamente en el reglamento general, el artículo 391 autoriza realizar el sumario.
ACCIÓN. Con el objetivo de dar un cumplimiento excelente al nuevo protocolo aprobado y prevenir cualquier acción o conducta de abuso laboral, sexual o mobbing, todas las compañías, unidades y destacamentos deberán realizar jornadas de capacitación y formación, además de tener campañas de comunicación para difundir el protocolo y formas de aplicación.
El Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay lanzó el nuevo protocolo ante denuncias de acoso, abuso sexual, abuso laboral y mobbing.
Objetivos del protocolo
1. Establecer un proceso formal para recibir, derivar y acompañar denuncias de acoso y/o abuso sexual, con eficiencia, objetividad, celeridad y reserva.
2. Sancionar al o los responsables, si estuviere dentro de las competencias del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay, mediante la activación del protocolo y derivación al Tribunal de Justicia, para la apertura del sumario correspondiente.
3. Realizar el seguimiento periódico (semanal), de las denuncias sobre acoso o abuso sexual, derivadas al Tribunal de Justicia.
4. Facilitar las medidas de protección necesarias tanto físicas, sicológicas como médicas a la o las víctimas, durante y luego de finalizado el procedimiento.