Uno de los cambios significativos en esta ocasión tiene que ver con el retorno a clases de los alumnos del último año de la media.
“Las clases presenciales siguen suspendidas en todos los niveles. Exceptuase a los alumnos del tercer año de la media, quienes podrán retornar a las clases presenciales a partir del 2 de noviembre de 2020. El desarrollo de estas actividades estará sujeto a los protocolos aprobados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social”, señala el decreto en su punto 23.
Otro cambio que entró en vigencia desde hoy tiene que ver con la cantidad de personas que pueden asistir a una celebración religiosa.
“La realización de actos de culto deberá llevarse a cabo garantizando al menos dos metros de distancia entre personas, hasta un máximo de 100 personas en espacios cerrados y hasta 150 personas en espacios abiertos o al aire libre, en base al protocolo previamente autorizado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social”, señala en su artículo 13 el decreto.
Se recuerda además que los responsables de organizar dichos encuentros religiosos deberán realizar el agendamiento previo con todos los datos de los asistentes. La información será utilizada por el MSP para el rastreo del caso Covid se diera tal situación.
El decreto recuerda además que el horario de desplazamiento de la población es de 05:00 a 23:59 para el desarrollo de las actividades dispuestas en dicho documento oficial.
Quienes se muevan fuera de dicho horario deberán portar una documentación que acredite la razón de su desplazamiento. Siguen los permisos para la realización de eventos artísticos y ensayos con un número limitado de personas.