15 jul 2026

No se pueden retener ingresos por decreto, según tributarista

La Ley 4673/12, que modifica y amplía las disposiciones de la creación del impuesto a la renta del servicio de carácter personal (IRP) establecidas en la Ley 2421/04, no contempla la posibilidad de que la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) retenga los ingresos de los contribuyentes alcanzados por el tributo, señaló ayer el abogado tributarista Carlos Mersán Galli.

Carlos Mersán Galli

Carlos Mersán Galli

El profesional destacó que la única forma en que se puede aplicar la retención es si el Gobierno quiere darle una interpretación al Art. 16, Numeral 4, de la Ley 4673/12, el cual establece los anticipos a cuenta de futuros ingresos. Agregó que para hacer la retención de los ingresos necesariamente debe modificarse la ley que creó el IRP, y no puede hacerse por decreto, como anunciaron las autoridades del Ministerio de Hacienda.

Mersán Galli indicó que la ley que creó el IRP todavía no se implementó en su totalidad, por lo cual cualquier cambio que se haga, si es para mejorar, tiene que respetar la filosofía de la ley.

“Hay cosas que a lo mejor están mal y hay que ajustar. Te voy a dar un ejemplo de lo que creo que está mal, que no respetó la filosofía. Nosotros presentamos el proyecto con la tasa del 10% para todas las categorías y el Parlamento dejó 10% para los ingresos más altos y para el resto bajó a 8%”, expresó.

LÓGICA. Para el abogado tributarista, no hay una lógica en la aprobación de la tasa diferenciada, pues la intención era que la tasa del 10% se iguale con la tasa del impuesto al valor agregado (IVA).

“Si yo tengo que pagar de impuesto a la renta 8%, para qué voy a comprar pagando 10% (de IVA), si mi impuesto (a la renta personal) es más barato. Pierdo plata comprando legal, pago nomás el 8% y no tengo gasto deducible, el gasto deducible me cuesta más caro que el impuesto”, explicó.

El profesional insistió en que falta terminar de aplicar la renta personal para saber la eficiencia del tributo, y en todo caso se pueden hacer correcciones como la relacionada a la tasa. Asimismo, recalcó que si se va a respetar la filosofía del tributo y se mejora con relación a lo que está vigente, está de acuerdo con solicitar al Congreso una modificación. Recordó que a medida que baja el rango incidido, más personas estarán alcanzadas por el tributo y habrá más autocontrol del sistema.