12 feb. 2026

Municipios tienen plazo para depósito de dinero

La Contraloría General de la República (CGR) estableció los plazos perentorios para que las municipalidades de todo el país depositen los fondos públicos que recauden cada día. Los depósitos de las recaudaciones diarias deberán ser realizados exclusivamente en bancos de plaza, en plazos que van desde uno a tres días hábiles, dependiendo de la distancia existente entre los locales municipales y la entidad bancaria.

SANCIÓN. Cualquier uso o retención no justificada mayor a dichos plazos constituirá hecho punible contra el patrimonio y contra el ejercicio de la función pública, destacaron en la CGR..

Los plazos fijados por la CGR son: un día hábil para municipios que cuentan con servicios bancarios y accesos pavimentados; dos días hábiles para los municipios que no cuentan con servicios bancarios ni accesos pavimentados de hasta 50 km de distancia entre el local municipal u oficina habilitada para la percepción de fondos y la entidad bancaria; y tres días hábiles para los municipios que no cuentan con servicios bancarios ni accesos pavimentados que superen la distancia de 50 kilómetros.

La CGR elaborará esta reglamentación de los plazos (vía Resolución Nº 328), en cumplimiento a lo que dispone la nueva ley orgánica municipal Nº 3966, y a fin de precautelar y proteger el patrimonio de los municipios.

La Ley 3966 indica que “los funcionarios y agentes habilitados para la recaudación de los fondos públicos garantizarán su manejo y no podrán retener tales recursos por ningún motivo, fuera del plazo que determine la CGR. También dispone que el ente superior de control reglamentará las disposiciones sobre administración financiera dentro del plazo de seis meses.

En varias auditorías, una de las irregularidades detectadas por la CGR en las municipalidades es la no transferencia a tiempo de las recaudaciones diarias.