Lovera explicó que se trata de un préstamo a corto plazo contra pagaré firmado, donde se establece un plan de pagos durante el año y tiene que ser cancelado en su totalidad antes que termine el ejercicio fiscal.
Con dicho recurso, la Tesorería General prevé cumplir con los compromisos de la deuda flotante con los proveedores y demás acreedores del Estado.
El adelanto de corto plazo es una herramienta financiera prevista en la Ley N° 1535 de Administración Financiera del Estado, que autoriza al Ministerio de Economía a solicitar al BCP adelantos a cuenta de la Recaudación Tributaria. Se trata de un proceso administrativo que la cartera económica utiliza todos los años en los primeros meses para cubrir los pasivos que proviene del ejercicio anterior.
Reglamentan PGN 2024. El Poder Ejecutivo reglamentó ayer la ley de Presupuesto General de la Nación 2024, con lo que se podrá ejecutar el plan de gastos de este año.
Desde el Ministerio de Economía y Finanzas señalan que la disposición continúa con las medidas de austeridad fiscal implementadas desde años anteriores, como las restricciones a los aumentos salariales, tanto para el personal permanente como contratado, salvo los que resulten de la aplicación de los concursos públicos respectivos, la Ley exceptúa al Poder Legislativo y al Poder Judicial.
Asimismo, entre las normativas se establece la prohibición de entrega de combustible o de cupos de combustibles a autoridades de los Organismos y Entidades del Estado.
Igualmente, desde el presente ejercicio fiscal se introducen adecuaciones institucionales para la puesta en marcha de la etapa de gestión de las contrataciones públicas, en el marco de la nueva Ley N° 7021/2022 “De Suministro y Contrataciones Públicas”, con lo cual los OEE y las Sociedades Anónimas con participación accionaria mayoritaria del Estado, previo inicio de contrataciones e independientemente de la fuente de financiamiento, deberán contar con la autorización del Mitic para la adquisición de equipos, sistemas, infraestructura física, plataformas tecnológicas, entre otras.
También se incluyen ajustes al proceso de transferencia de fondos públicos a las ONG, e incorpora a las entidades binacionales dentro del proceso de transferencia de fondos públicos a las ONG, debiendo las mismas determinar las condiciones, mecanismos de rendiciones de cuentas.